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Días feriados del Gobierno de Puerto Rico 2015

25 de marzo de 2014
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Recuerda revisar nuestras últimas noticias jurídicas y cursos. También puedes consultar los cierres parciales y totales de los tribunales de este año.

Con el propósito de mantener debidamente informados a los usuarios de Microjuris.com, a continuación enumeramos los días feriados que corresponden al año natural de enero a diciembre de 2015 según provistos por la Oficina de Capacitación y Asesoramiento en Asuntos Laborales y de Administración de Recursos Humanos (OCALARH):

FECHA CELEBRACIÓN
1 de enero (jueves) Día de Año Nuevo
6 de enero (martes) Día de Reyes
19 de enero
(tercer lunes del mes)
Natalicio del Dr. Martin Luther King
16 de febrero
(tercer lunes del mes)
El Día de Jorge Washington, Día de los Presidentes y el Día de los Próceres Puertorriqueños: Eugenio María de Hostos, José de Diego, Luis Muñoz Rivera, José Celso Barbosa, Ramón Emeterio Betances, Román Baldorioty de Castro, Luis Muñoz Marín, Ernesto Ramos Antonini y Luis A. Ferré
22 de marzo (domingo)
Se celebrará el lunes, 23 de marzo de 2015
Día de la Abolición de la Esclavitud
3 de abril (viernes) Viernes Santo
25 de mayo
(último lunes del mes)
Día de la Conmemoración de los Muertos en la Guerra (Memorial Day)
4 de julio (sábado) Día de la Independencia de los Estados Unidos
25 de julio (sábado) Día de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico
7 de septiembre
(primer lunes del mes)
Día del Trabajo
12 de octubre
(segundo lunes del mes)
Día de la Raza
11 de noviembre (miércoles) Día del Veterano
19 de noviembre (jueves) Día de la Cultura Puertorriqueña y el Descubrimiento de Puerto Rico
26 de noviembre
(cuarto jueves del mes)
Día de Acción de Gracias
24 de diciembre (jueves)
Fiesta oficial a partir del mediodía
Por motivo de la Noche Buena
25 de diciembre (viernes) Día de Navidad

Este calendario pudiera estar sujeto a enmienda debido a que en virtud de la Ley Núm. 182 de 1 de diciembre de 2010, el Gobernador o la persona que él designe, podrá establecer mediante proclama que cierto día feriado se observará el lunes o viernes que sea más cercano a la celebración de dicho día. La mencionada proclama deberá emitirse no más tarde del 15 de enero de 2015.

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