» Ir al portal nuevo de Microjuris OK
Recuerda revisar nuestras últimas noticias jurídicas y cursos. También puedes consultar los cierres parciales y totales de los tribunales de este año.
Con el propósito de mantener debidamente informados a los usuarios de Microjuris.com, a continuación enumeramos los días feriados que corresponden al año natural de enero a diciembre de 2015 según provistos por la Oficina de Capacitación y Asesoramiento en Asuntos Laborales y de Administración de Recursos Humanos (OCALARH):
FECHA | CELEBRACIÓN |
---|---|
1 de enero (jueves) | Día de Año Nuevo |
6 de enero (martes) | Día de Reyes |
19 de enero (tercer lunes del mes) |
Natalicio del Dr. Martin Luther King |
16 de febrero (tercer lunes del mes) |
El Día de Jorge Washington, Día de los Presidentes y el Día de los Próceres Puertorriqueños: Eugenio María de Hostos, José de Diego, Luis Muñoz Rivera, José Celso Barbosa, Ramón Emeterio Betances, Román Baldorioty de Castro, Luis Muñoz Marín, Ernesto Ramos Antonini y Luis A. Ferré |
22 de marzo (domingo) Se celebrará el lunes, 23 de marzo de 2015 |
Día de la Abolición de la Esclavitud |
3 de abril (viernes) | Viernes Santo |
25 de mayo (último lunes del mes) |
Día de la Conmemoración de los Muertos en la Guerra (Memorial Day) |
4 de julio (sábado) | Día de la Independencia de los Estados Unidos |
25 de julio (sábado) | Día de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico |
7 de septiembre (primer lunes del mes) |
Día del Trabajo |
12 de octubre (segundo lunes del mes) |
Día de la Raza |
11 de noviembre (miércoles) | Día del Veterano |
19 de noviembre (jueves) | Día de la Cultura Puertorriqueña y el Descubrimiento de Puerto Rico |
26 de noviembre (cuarto jueves del mes) |
Día de Acción de Gracias |
24 de diciembre (jueves) Fiesta oficial a partir del mediodía |
Por motivo de la Noche Buena |
25 de diciembre (viernes) | Día de Navidad |
Este calendario pudiera estar sujeto a enmienda debido a que en virtud de la Ley Núm. 182 de 1 de diciembre de 2010, el Gobernador o la persona que él designe, podrá establecer mediante proclama que cierto día feriado se observará el lunes o viernes que sea más cercano a la celebración de dicho día. La mencionada proclama deberá emitirse no más tarde del 15 de enero de 2015.