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En el más reciente episodio del podcast de Microjuris, las licenciadas María Judith «Nani» Marchand-Sánchez y Yarlene Jiménez abordaron la decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico en la que aborda el tema de discrimen laboral.
La licenciada Jiménez explicó que, en este caso, una persona natural de República Dominicana comenzó a trabajar en una compañía. La compañía contrató a la persona, a la que se le vencía la tarjeta de residencia permanente en un mes aproximadamente. Indicó que, cuando vence su tarjeta de residente, la compañía toma la decisión de despedirle.
La parte demandante reclama al amparo de la Ley Núm.100 (Ley Antidiscrimen de Puerto Rico) porque entiende que la acción estuvo motivada por su origen nacional.
«El Tribunal Supremo nos dice que el discrimen por origen nacional no contempla el discrimen por ciudadanía ni el discrimen por estatus migratorio», mencionó Marchand Sánchez.
La abogada añadió que entiende como correcta la decisión del alto foro judicial y que, a su vez, permite discutir la situación actual con relación a las comunidades inmigrantes.
Las licenciadas aprovecharon el espacio para dialogar sobre las intervenciones de los federales con personas inmigrantes en el ámbito de las industrias privadas. Resaltaron que, debido a las recientes detenciones, se percibe el ausentismo de muchas personas empleadas.
No obstante, Marchand Sánchez destacó que todo patrono tiene la obligación de solo contratar a personal que esté autorizado a trabajar en Estados Unidos y en Puerto Rico. Especialmente, advirtió que estas personas empleadas deben cumplir con el Formulario I-9 (Verificación de Elegibilidad en el empleo). En caso de incumplimiento, comentó que los patronos se exponen a auditorías, penalidades, multas o el cierre del negocio.
Asimismo, Marchand Sánchez aseguró que se anticipa que pronto se verá un aumento en las auditorías de la documentación requerida con relación a la inmigración.
También recordó que las oficinas o localidades privadas. ante cualquier intervención, requiere de una orden judicial a menos que el patrono voluntariamente de el acceso. En caso de las auditorías, las licenciadas aseguraron que por lo general las visitas se notifican con anticipación.
Algunas de las recomendaciones que compartieron:
Por su parte, la licenciada Jimenez dijo: «Si tomamos como base que la dignidad del ser humano es inviolable y que el derecho a la intimidad también ha sido reconocido como derecho inalienable, pues opera para el ser humano independientemente de su situación».
«La ley es la ley y tenemos que cumplir con la ley. Si usted contrató a una persona para que le diera servicios que no cumple con la ley, pues desafortunadamente en los tiempos que estamos viviendo eso pudiese tener consecuencias», sostuvo Marchand Sánchez.
El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, que firmó un decretó con el fin de eliminar los programas de diversidad, equidad e inclusión (conocidos como DEI, por sus siglas en inglés).
Sin embargo, aunque reconoció que la decisión tiene un «efecto que percola en la industria privada», aclaró que las órdenes ejecutivas solo impactan al gobierno federal. Agregó que el estado de derecho en Puerto Rico no ha cambiado y el discrimen continúa siendo ilegal.
«El llamado a las empresas es a mantener todos estos programas y seguir abiertos a sostener lo que es la equidad, la equidad salarial, igualdad y permitir que todas las personas tengan los mismos derechos y beneficios en igualdad de condiciones», destacó Jímenez.
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