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Divulgan recomendaciones de facturación para panel de abogados y abogadas

28 de noviembre de 2023
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Por Daniel Rivera Vargas

Con decenas de recomendaciones, la Oficina de Administración de Tribunales divulgó la semana pasada un documento de 16 páginas que establece las «guías de facturación por servicios prestados en el Panel de Abogados y Abogadas voluntarios (as)«.

El panel de abogados y abogadas es un mecanismo reciente aprobado por el Poder Judicial, en el cual a los letrados que voluntariamente se ofrecen a participar se le paga $80 por hora para atender a personas que no tienen recursos económicos para representarse.

El documento de 16 páginas enumera, al menos, 25 tareas compensables, siete gastos razonables para pedir compensación y 11 inversiones que no son compensables.

En la segunda página del documento, con fecha de octubre pasado pero divulgado antier, la OAT explica de la siguiente forma el propósito de las guías: «es necesario que haya un claro entendimiento sobre qué se puede facturar y sugerir mejores prácticas sobre cómo facturar para promover un sistema ético, eficiente, eficaz y efectivo de compensación por los trabajos a ser realizados».

También se indica que este proceso está atado a los deberes éticos de un letrado. «La facturación irrazonable, excesiva o sin apoyo en los hechos puede constituir una violación a varias normas éticas y también legales, ya que se trata de fondos públicos. El abogado y la abogada debe, por ende, ser preciso y veraz en la factura por servicios profesionales de oficio», se indicó.

Entre los gastos que no son compensables se identifican la presentación de mociones como la de asumir representación legal, pedir relevo de representación legal y la que solicita que se certifiquen pago de honorarios.

Otros gastos no compensables son el tiempo de viaje en el automóvil para ir al tribunal, la lectura de mensajes de texto, correos electrónicos breves, entre otros.

Entre los gastos razonables que sí se puede facturar se encuentra el gasto para diligenciar emplazamientos, la toma de deposiciones, la reproducción de documentos y los gastos de combustible.

Las labores que se puede facturar incluyen el tiempo para prepararse para una vista, que incluye las reuniones con los clientes, algunas llamadas telefónicas, comunicaciones electrónicas extensas -que no son definidas-, la redacción de mociones, la revisión de mociones de la otra parte, entre otras.

También se explica el trámite para solicitar que se paguen gastos como intérpretes o peritos, aunque en algunos casos debe mediar una autorización judicial.

Las guías emitidas por OAT también ofrecen recomendaciones en otros aspectos, por ejemplo de cómo debe ser la factura, que información poner en el documento, y que la mencionada factura debe someterse como confidencial en el Sistema Unificado de Manejo de Casos (SUMAC).

Al ser abordado sobre su parecer respecto a estas guías, el presidente del Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico, Manuel Quilichini, explicó que las guías aprobadas por OAT el producto del esfuerzo de una comisión en la que él asistió como presidente del Colegio, pero en el que también hubo apoyo de entidades como la Asociación de Abogados, el Colegio Notarial, las Escuelas de Derecho, jueces, entre otros.

«Esto de abogados de oficio sencillamente está comenzando. La comisión sugirió que debía haber unas guías porque en Puerto Rico no hay tradición para este tipo de facturas», sostuvo Quillichini.

La idea es, por el lado de los abogados y abogadas, «evitar la sobre facturación» y por el otro, que el juez no esté «cortando horas sin métrica».

Quillichini dijo que en los primeros meses de comenzar en funciones el panel -el Reglamento para la Asignación de Abogados y Abogadas de Oficio de Puerto Rico es de diciembre pasado- la OAT comenzó a revisar facturas y detectaron que se estaban facturando prácticas que no estaban autorizadas, como el tiempo de viaje.

Se trata de evitar que se facturen asuntos como gastos oficinescos, el acto de sacar fotocopias o la gestión de llevar personalmente a radicar mociones, que son partidas no aprobadas por entenderse que son parte de las gestiones usuales de una oficina, y que estaría incluido.

«Lo que estamos tratando es evitar que alguien facture 20 horas por una moción de prorroga», comentó.

Añadió que las guías serán objeto de seminarios y adiestramientos, tanto para abogados y abogadas, para conocer lo que pueden o no facturar, como para los jueces y juezas. Los jueces y juezas, quienes pueden restringir lo que se factura, podrían beneficiarse de los seminarios para hacer esta función de forma correcta.

«Estos son fondos públicos. Cuando un abogado «sobre-factura» un trabajo es un fraude, pero cuando se hace con fondos públicos tiene un peso mayor en términos del derecho penal», recordó el presidente del Colegio.

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