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[LEY] Dispone sistema de fila expreso en beneficio de veteranos y veteranas en Puerto Rico

15 de noviembre de 2019
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La gobernadora Wanda Vázquez Garced firmó el Proyecto del Senado 933 que enmienda la Ley 297-2018 conocida como la Ley Uniforme Sobre Filas de Servicio y Expreso y Cesión de Turnos de Prioridad, con el fin de ampliar el beneficio a veteranos y veteranas en Puerto Rico.

La Ley Núm. 163-2019 dispone un sistema de fila expreso y cesión de turnos de prioridad en las agencias gubernamentales, a nivel estatal y federal, para personas con impedimentos, adultos de 60 años o más, mujeres embarazadas y todo residente de las islas municipio de Vieques o Culebra que tenga que hacer trámites y deba retornar a las islas el mismo día, sea por vía marítima o aérea. Del mismo modo, cobija a cualquier tutor o familiar que los acompañe y realice gestiones a nombre o en representación de ellos.

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La primera ejecutiva expresó que partir de la firma de estas enmiendas a la Ley 297-2018 todos los veteranos y veteranas en la isla tendrán acceso a las filas expreso en las dependencias gubernamentales para que así puedan agilizar los trámites que deban realizar diariamente.

Vázquez Garced también enmendó los artículos 3, 4, 5 y 7 de dicha ley y añadió un nuevo subinciso al Artículo 4 de la Ley 203-2007 conocida como Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI con el fin de incluir tal derecho, así como otros beneficios. La ley recopila los derechos reconocidos y beneficios otorgados a los veteranos y veteranas (y sus familias) con el fin de que puedan referirse a una sola ley para conocer lo que les cobija a nivel local.

Las leyes estarán vigentes en todas las agencias gubernamentales, corporaciones públicas, oficinas de gestiones municipales, entidades privadas que reciban fondos públicos y agencias federales en Puerto Rico; sin embargo, no aplica al Registro de la Propiedad, adscrito al Departamento de Justicia de Puerto Rico, en consideración al principio fundamental de prioridad en la prestación de documentos públicos que rige en el derecho registral hipotecario puertorriqueño.

Las dependencias gubernamentales locales y federales, las corporaciones públicas y las entidades privadas que reciben fondos públicos tendrán un período de seis meses para realizar las enmiendas necesarias a cualquier reglamentación existente, para enmendar rótulos existentes o crear cualquier formulario necesario para hacer cumplir la ley.

Según establece la ahora Ley Núm. 163-2019, se garantizará que todas las agencias y entidades bajo la misma identifiquen adecuadamente las filas expreso y las reglas para solicitar turnos prioritarios, de manera visible y legible.

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