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Luego de que la Cámara de Representantes aprobara en sesión del 28 de marzo de 2020 la Resolución Concurrente de la Cámara 118, el Senado de Puerto Rico derrotó la medida en votación a viva voz en sesión celebrada el mismo día. La medida proponía solicitar a la Gobernadora de Puerto Rico, Wanda Vázquez Garced, que designara como servicio esencial, para fines del Boletín Administrativo Número OE-2020-023, la prestación de servicios de reparación y mantenimiento de sistemas energéticos de fuentes renovables.
La medida, de la autoría del representante José F. Aponte Hernández, expone que el Boletín Administrativo Número OE-2020-023 dispuso los cierres gubernamentales y privados necesarios para combatir los efectos de la pandemia del Coronavirus COVID-19 y controlar el riesgo de contagio en la Isla. De los cierres ordenados, se exceptuaron actividades y/u operaciones denominadas como servicios esenciales. Sin embargo, entre las actividades exceptuadas no fue incluido el sector energético de fuentes renovables. El autor arguye que, si bien la mayoría de los consumidores en Puerto Rico obtienen sus servicios energéticos de utilidades públicas, un considerable número de consumidores han optado por obtener servicios energéticos de las entidades privadas denominadas como compañías de energía certificadas.
Por lo cual, plantea el autor, la exclusión de estas entidades del listado de servicios esenciales les ha privado a estos consumidores de recibir servicios de mantenimiento al equipo energético de fuentes renovables instalado en su hogar o negocio. Afirma que en algunos casos, les ha privado de servicio energético en su totalidad dada la falta de autoridad legal para realizar trabajos de reparación y mantenimiento y/o completar instalaciones en proceso.
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