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[DOCUMENTO] Prohibición de desconexión de servicios esenciales durante emergencia

17 de marzo de 2020
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El Senado de Puerto Rico concurrió con las enmiendas de la Cámara de Representantes sobre el Proyecto del Senado 1539 de la autoría del senador William E. Villafañe a los fines de disponer que no se desconectará, ni cesará, ni cancelará ningún servicio de electricidad, agua potable o telecomunicaciones, sin el consentimiento del cliente, hasta pasados treinta (30) días de la terminación de una situación de emergencia en la zona que cubra la correspondiente declaración de emergencia emitida por la gobernadora Wanda Vázquez Garced.

Aunque la medida había sido referida a las Comisiones de Gobierno y a la de Asuntos de Energía del Senado el día 16 de marzo de 2020, la misma fue descargada y aprobada por votación unánime sin enmiendas el mismo día de trámite de comisiones, junto a otras medidas que también fueron consideradas en atención a la situación de emergencia que vive el país. El 19 de marzo pasó a la Cámara de Representantes y referida a la Comisión de Gobierno de dicho cuerpo, donde similar al Senado, fue descargada y aprobada por votación unánime con enmiendas de sala.

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El autor de la medida destaca que los servicios de electricidad, agua potable y telecomunicaciones son indispensables para facilitar necesidades que los ciudadanos necesitan satisfacer, como: la higiene, alimentación, comunicación, labores remotas y esparcimiento. Y, reconociendo que estos servicios pueden ser desconectados, cesados o cancelados por falta de pago, resulta necesario establecer consideraciones especiales en protección de la ciudadanía durante un estado de emergencia.

La medida dispone que cualquier entidad pública o privada que incumpla con esta ley incurrirá en infracción que conllevará el pago de una multa de hasta cien mil dólares ($100,000). Las querellas por el incumplimiento de esta ley deberán presentarse ante la agencia reguladora del correspondiente servicio.

Habiendo concurrido Senado con las enmiendas de la Cámara de Representantes, corresponde a los presidentes de ambos cuerpos legislativos estampar su firma para que el proyecto pase a a aprobación final de la Gobernadora para convertirse en ley.

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