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La legislatura de Puerto Rico se encuentra evaluando el Proyecto de la Cámara 2444 que propone enmendar la Ley Núm. 75 del 25 de julio de 2019, conocida como la Ley del Puerto Rico Innovation and Technology Service, para transferir determinadas facultades de la Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS) a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) para facilitar la implementación de la política pública de innovación y tecnología.
Según la exposición de motivos de la Ley 75-2019, la medida tiene el propósito principal de «crear un nuevo andamiaje de gobierno innovador, atemperado a las exigencias del siglo XXI y capaz de valerse de la tecnología avanzada, para cumplir con las expectativas de la ciudadanía y con los estándares modernos de gobernanza efectiva».
La medida aspira a que «las tecnologías de información y comunicación sean administradas de forma tal, que se alcance un nivel óptimo de eficiencia, se solucione el problema de integración entre las tecnologías de información y comunicación de las agencias gubernamentales, y se facilite así el intercambio de información. Se fomente la transparencia en la información y la ejecución del Gobierno, se expanda la disponibilidad y el acceso a los servicios gubernamentales, se promueva la interacción de nuestros habitantes con las tecnologías de información y comunicación, y se fomenten las iniciativas públicas y privadas que propendan a eliminar la brecha digital en nuestra sociedad».
El proyecto indica que aunque el Principal Ejecutivo de Innovación e Información del Gobierno de Puerto Rico (PEIT) tiene el mandato, así como la autoridad, para intervenir en todos los proyectos de informática, tecnología e innovación, éste no ha sido el caso, sino que por el contrario, las agencias han continuado realizando sus proyectos de forma independiente, impidiendo una verdadera integración.
Lo anterior, tiene además el efecto de dar al traste con el propósito de crear la Puerto Rico Innovation and Technology Service.
La pieza legislativa explica que las enmiendas tienen el propósito de aclarar la autoridad y el rol de la PRITS, pues se entiende que no pueden únicamente limitarse a la asesoría voluntaria de las agencias del gobierno de Puerto Rico, sino por el contrario, deben fomentar la integración tecnológica de todo el gobierno, promoviendo de esa forma el consumo eficiente de recursos y evitando a su vez la duplicidad de esfuerzos.
En el proyecto se enmienda el artículo 4 de la mencionada ley indicando que «PRITS [adscrita a la oficina del gobernador] tendrá plena autonomía administrativa, presupuestaria, operacional y fiscal, que le permita, sin que se entienda como una limitación, ejercer la custodia y el control de sus fondos y propiedad pública; diseñar y establecer su propia organización fiscal y los sistemas y procedimientos de contabilidad para llevar a cabo sus transacciones financieras; preparar, solicitar, administrar y fiscalizar su presupuesto; y reprogramar los fondos asignados o economías de acuerdo a las prioridades de las funciones que lleva a cabo la misma. Esta, operará de forma totalmente autónoma e independiente, con capacidad plena para operar de forma continua, sin intervenciones externas, lo que le permitirá´ llevar a cabo su función ministerial efectivamente.»
El Proyecto de la Cámara 2444 fue radicado el 16 de marzo de 2020 bajo la autoría del representante José O. González Mercado y aprobada por la Cámara de Representantes el día 4 de mayo con enmiendas del informe y con los votos en contra de la minoría de la delegación del Partido Popular Democrático (PPD).
La medida fue enviada el 11 de mayo al Senado de Puerto Rico para su consideración.
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