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DTOP deberá remover las multas revocadas por tribunales

03 de agosto de 2021
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Las nuevas enmiendas a la Ley de Vehículos y Tránsito establecen que las multas revocadas por el tribunal no serán incluidas en el nuevo documento de renovación de licencia del vehículo.

Así quedó aprobado con la nueva Ley 17 de 2021 firmada por el gobernador Pedro Pierluisi.

La nueva ley ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), el Departamento de Hacienda y la Oficina de Administración de Tribunales (OAT) a coordinar las gestiones necesarias sobre la manera y las herramientas que utilizarán para notificar electrónicamente al DTOP de las resoluciones del tribunal y las cancelaciones de multas por parte del Departamento de Hacienda.

Esta gestión debe ser completada en un periodo que no exceda los 180 días desde la firma de la ley que se firmó el 29 de julio.

Estas enmiendas fueron aprobadas mediante el Proyecto de la Cámara 61, de la autoría de los representantes José M. Varela y Antonio Díaz Collazo.

Conoce las enmiendas

La medida establece que con frecuencia ocurre que una persona dueña de un vehículo multado por una violación administrativa de tránsito, paga la multa o esta fue revocada por orden judicial y, sin embargo, dicha multa continúa apareciendo cada año en la licencia de conducir de la persona.

En tal caso, la persona se ve obligada a acudir al Departamento de Transportación y Obras Públicas a realizar el trámite para eliminar de su récord la multa o multas ya pagadas o revocadas por el tribunal.

La Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico ya provee para que el DTOP elimine los gravámenes revocados por el tribunal, pero la legislación aprobada requiere que el DTOP no solo elimine toda multa pagada o revocada, sino que se asegure de que este no aparezca nuevamente en la licencia que se renueva cada año.

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