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La Cámara de Representantes recibió de la gobernadora Jenniffer González Colón una Resolución Conjunta de la Cámara, mediante la cual se propone asignar quinientos cincuenta y cuatro millones de dólares ($554,000,000) al Departamento de Hacienda. Los fondos provendrían del Fondo General del Tesoro Estatal y se utilizarían para financiar pagos directos por concepto del Cheque de Alivio Contributivo para los Trabajadores y la Clase Media, correspondiente al año contributivo 2025.
El programa permitiría distribuir pagos a individuos que cumplan los requisitos establecidos, como medida transitoria mientras se considera la segunda fase de la reforma contributiva enfocada en personas naturales.
Para ser elegible al cheque, el individuo debe:
El Departamento de Hacienda calculará el monto del cheque como la diferencia entre la contribución informada en la planilla y la que resultaría de aplicar la siguiente tabla:
| Ingreso neto sujeto a contribución | Contribución aplicable |
|---|---|
| Hasta $12,500 | 0 % |
| $12,501 a $25,000 | 6 % del exceso sobre $12,500 |
| $25,001 a $50,000 | $750 más el 12 % del exceso sobre $25,000 |
| $50,001 a $100,000 | $3,750 más el 24 % del exceso sobre $50,000 |
| $100,001 a $150,000 | $15,750 más el 29 % del exceso sobre $100,000 |
| Más de $150,000 | $30,250 más el 33 % del exceso sobre $150,000 |
Adicionalmente, se aplicará una deducción de $2,500 por cada dependiente menor de 18 años al 31 de diciembre de 2025. También se incluirá el ajuste gradual según la Sección 1021.01(b) de la Ley Núm. 1-2011.
El pago se emitirá:
Los pagos serán separados de cualquier reintegro contributivo, y no será necesario completar formularios adicionales.
El cheque se considerará ingreso exento de contribución sobre ingresos en Puerto Rico.
Estará sujeto a retención por deudas cobrables ante el Departamento de Hacienda y por deudas con la Administración para el Sustento de Menores (ASUME).
En caso de retención por deudas contributivas, el pago se considerará efectuado al 15 de abril de 2026 a los fines del cómputo de intereses y penalidades.
La medida faculta al Secretario del Departamento de Hacienda a emitir cartas circulares, órdenes o reglamentos necesarios para su implementación. También se autoriza a la Oficina de Gerencia y Presupuesto a realizar las transferencias presupuestarias correspondientes.
La Resolución Conjunta comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación legislativa.