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El algoritmo no pierde la licencia: responsabilidad profesional en tiempos de inteligencia artificial

14 de marzo de 2026
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Las opiniones expresadas en este artículo son únicamente del(a) autor(a) y no reflejan las opiniones y creencias de Microjuris o sus afiliados.

Por la Lcda. Daisy Calcaño López
Abogada de asuntos disciplinarios

La inteligencia artificial puede asistir la práctica jurídica, pero nunca sustituir el deber del abogado de verificar las citas, la jurisprudencia y las fuentes que presenta ante un tribunal.

En los últimos años la profesión jurídica ha comenzado a experimentar una transformación significativa con la incorporación de herramientas de inteligencia artificial en la investigación y redacción legal. Estas herramientas pueden facilitar el análisis de grandes volúmenes de información, identificar precedentes relevantes y asistir en la preparación de escritos jurídicos. Sin embargo, junto con estas ventajas también han surgido riesgos evidentes que continúan manifestándose en los tribunales.

Recientemente, un incidente ocurrido en el Tribunal Federal para el Distrito Este de Carolina del Norte volvió a colocar este tema en el centro del debate profesional. Un abogado del Departamento de Justicia de los Estados Unidos enfrenta cuestionamientos judiciales luego de que un escrito presentado ante el tribunal incluyera citas incorrectas y aparentes citas fabricadas de jurisprudencia.

El caso surge en el contexto de un litigio contra el Departamento de Defensa relacionado con la disponibilidad de medicamentos para la pérdida de peso bajo el programa TRICARE for Life. En dicho pleito, el demandante —quien comparece pro se— señaló que un escrito firmado por el asistente del fiscal federal Rudy Renfer contenía citas incorrectas y representaciones inexactas sobre varios precedentes judiciales.

Tras examinar el asunto, el magistrado federal Robert Numbers expresó serias preocupaciones sobre la exactitud de las citas incluidas en el escrito y ordenó que líderes de la Fiscalía Federal comparezcan ante el tribunal para explicar lo ocurrido y justificar por qué no deben imponerse sanciones tanto al abogado como a su oficina.

Según surge del expediente, el escrito incluía citas fabricadas y representaciones erróneas del contenido de decisiones judiciales, un asunto particularmente serio dentro de la práctica jurídica donde la precisión de las citas es esencial para la integridad del proceso judicial (fuente del caso).

Este incidente no es aislado. Durante los últimos años se han documentado múltiples situaciones en tribunales federales y estatales donde escritos judiciales han incluido casos inexistentes o citas incorrectas generadas mediante inteligencia artificial.

Lo más llamativo es que estos incidentes ocurren a pesar de todas las advertencias existentes. Las propias plataformas de inteligencia artificial advierten expresamente que el contenido generado debe ser verificado antes de utilizarse en documentos oficiales o presentaciones ante tribunales.

El problema, por tanto, no es necesariamente la tecnología. El problema es el uso descuidado de la tecnología.

En Puerto Rico, el análisis de una situación como esta no se limita únicamente a la reciente Regla 1.19 de las Reglas de Conducta Profesional, que establece el deber de competencia y diligencia tecnológica del abogado.

Antes incluso de la aprobación de esta regla, nuestro ordenamiento ya abordaba este tipo de conducta bajo el Canon 35 del antiguo Código de Ética Profesional, que prohibía expresamente engañar al tribunal mediante la tergiversación de hechos, citas o precedentes jurídicos.

Hoy día, el análisis disciplinario podría involucrar múltiples disposiciones de las Reglas de Conducta Profesional, entre ellas:

  • Regla 1.1 – Competencia profesional
  • Regla 1.3 – Diligencia
  • Regla 1.19 – Competencia tecnológica
  • Reglas 5.1 y 5.3 – Supervisión profesional de abogados asociados y personal auxiliar
  • Regla 8.4 – Conducta profesional impropia

En particular, la Regla 8.4 establece que constituye conducta profesional impropia incurrir en actuaciones que impliquen deshonestidad, fraude, engaño o tergiversación, así como cualquier conducta que resulte perjudicial para la administración de la justicia. En un escenario donde se presenten ante un tribunal citas inexistentes, precedentes tergiversados o representaciones incorrectas del contenido de la jurisprudencia —independientemente de que la fuente haya sido una herramienta tecnológica— podría activarse también el análisis bajo esta disposición disciplinaria.

Ello responde a un principio fundamental de nuestra profesión: la responsabilidad por el contenido de un escrito judicial recae siempre en el abogado o abogada que lo firma, independientemente de las herramientas utilizadas para su preparación.

El abogado o abogada que ejerce como sole practitioner enfrenta hoy un desafío particular. Las nuevas tecnologías prometen eficiencia, rapidez y ahorro de tiempo. Y, ciertamente, pueden ser herramientas extraordinarias cuando se utilizan correctamente.

Pero el uso de inteligencia artificial sin verificación adecuada puede generar consecuencias serias. El algoritmo puede producir un texto convincente. Pero el algoritmo no comparece ante el tribunal. El algoritmo no firma el escrito.

Y el algoritmo no enfrenta un procedimiento disciplinario. Quien asume esa responsabilidad es siempre el abogado o la abogada que firma el documento.

En el ámbito procesal, los tribunales también cuentan con herramientas para atender este tipo de situaciones. Los jueces pueden imponer sanciones cuando se presentan escritos que contienen información incorrecta o que constituyen una representación impropia ante el tribunal o referir el caso al Tribunal Supremo para su evaluación.

En ese contexto, un juez podría evaluar diversas circunstancias antes de imponer sanciones, entre ellas:

  • si se trató de un error aislado o de una conducta reiterada
  • si hubo negligencia o falta de supervisión
  • si el abogado actuó de buena fe
  • si la información incorrecta afectó el proceso judicial

Este análisis es importante porque, aunque la profesión jurídica exige rigor y responsabilidad, también reconoce la realidad humana. Los abogados y abogadas podemos cometer errores; lo verdaderamente importante es reconocerlos oportunamente, corregirlos y asumir con integridad las consecuencias que correspondan.

Otro elemento que merece consideración es la creciente proliferación de personas que comparecen por derecho propio o pro se ante los tribunales. Cada vez con mayor frecuencia se observan escritos preparados utilizando herramientas de inteligencia artificial que incluyen citas jurídicas, referencias a tratados o argumentos legales que no han sido verificados adecuadamente.

Esta situación plantea un reto adicional para el sistema judicial. A diferencia de los abogados y abogadas, las personas que comparecen pro se no están sujetas al régimen disciplinario que rige la profesión jurídica.

Por ello, resulta razonable considerar que el Tribunal Supremo de Puerto Rico evalúe la adopción de protocolos o guías institucionales sobre el uso responsable de la inteligencia artificial en documentos presentados ante los tribunales, tanto por abogados como por litigantes que comparecen por derecho propio.

En todo pleito siempre habrá una parte adversa que examinará cuidadosamente cada alegación, cada argumento y cada cita presentada ante el tribunal. La verificación de las fuentes jurídicas no es solamente una exigencia ética; también forma parte de la dinámica estratégica del litigio.

Una cita incorrecta o una referencia jurisprudencial inexistente particularmente cuando se sospecha que proviene del uso no verificado de inteligencia artificial puede convertirse inmediatamente en un señalamiento procesal que coloque al abogado o abogada en una posición vulnerable.

Las consecuencias pueden ser complejas: cuestionamientos sobre la credibilidad profesional ante el tribunal, tensiones con el cliente e incluso situaciones que conduzcan a la renuncia de la representación legal.

La inteligencia artificial puede ser una herramienta extraordinaria para la práctica jurídica. Puede ahorrar tiempo, facilitar la investigación y mejorar la productividad profesional. Pero requiere supervisión. Si no se va a verificar la información generada, no debe utilizarse. Si no se tiene el tiempo para revisar las citas y las fuentes, no debe utilizarse. Porque en el ejercicio de la abogacía hay una verdad que no cambia: La inteligencia artificial llegó para quedarse.

La responsabilidad profesional también. Pero la responsabilidad profesional nunca se delega en un algoritmo.

Las columnas deben enviarse a mad@corp.microjuris.com y deben ser de 600-800 palabras. 

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