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El arresto de Maduro ante diversas ópticas del derecho

13 de enero de 2026
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Por Daniel Rivera Vargas

El sorpresivo asalto por parte de fuerzas armadas estadounidenses al palacio presidencial venezolano a principios de 2026 y el arresto del presidente de ese país, Nicolás Maduro, tiene diversas interpretaciones en derecho.

Para Arturo V. Bauermeister, abogado con una visión liberal clásica del derecho y énfasis en libertades individuales, el debate en torno al arresto de Maduro "pone en evidencia una distorsión cada vez más marcada del derecho internacional contemporáneo".

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"Lo que se invoca retóricamente como una defensa del ‘orden jurídico internacional’ opera, en la práctica, como un mecanismo de protección para regímenes que operan al margen del orden jurídico", explicó el letrado.

Afirmó que el derecho internacional jamás fue concebido para servir de refugio jurídico frente a conductas criminales y que cuando un régimen incurre de forma reiterada en violaciones graves al orden jurídico y, acto seguido, invoca la soberanía estatal para evadir responsabilidad penal por delitos de naturaleza transnacional, no se está ante el imperio del derecho, sino ante el uso instrumental del lenguaje jurídico como escudo de impunidad. 

El arresto de Maduro -quien según ha trascendido hizo escala en una aeronave estadounidense en Puerto Rico- está enmarcado en una acusación criminal que enfrenta el detenido mandatario en una corte federal en Nueva York por narcotráfico. 

"Estados Unidos no arrestó a Venezuela como Estado Soberano; arrestó a un individuo específico, bajo una acusación penal federal válida, por delitos que, por su propia naturaleza, trascienden fronteras y afectan intereses legítimos de otros Estados. Confundir deliberadamente al Estado con la persona acusada, además de ser un error conceptual, es el mecanismo mediante el cual dichos regímenes pretenden blindarse frente a cualquier forma de rendición de cuentas", mencionó Bauermeiester.

"En fin, un derecho internacional que termina protegiendo al infractor y censurando al que intenta hacer cumplir la ley deja de cumplir su función normativa y se transforma en una ficción jurídicamente conveniente", concluyó el abogado.

Por su parte el profesor Luis E. Romero Nieves, catedrático de Derecho Internacional Público en la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana de Puerto Rico, describió como "altamente cuestionable" el bombardeo de un país soberano para lograr un arresto.

"En principio, en el derecho internacional el único que puede usar la fuerza es quien es agredido. La fuerza solo se usa para repeler una agresión. Hay una prohibición al uso de fuerza a menos que sea la justa y necesaria para neutralizar un ataque. Estados Unidos no ha sido atacado por Venezuela en ningún momento", sostuvo Romero Nieves.

Otro aspecto controversial en relación con los recientes operativos estadounidenses contra Venezuela ha sido el hundimiento de unos 20 botes, presuntamente transportando droga, causando cerca de 90 muertes. "En el derecho internacional la aniquilación de los tripulantes de estas embarcaciones es una ejecución extrajudicial. Aplicaron la pena de muerte sin un proceso en el que la persona pudiera defenderse", dijo Romero Nieves.

El profesor comentó que a base de un caso de 1984 el Tribunal Supremo de Estados Unidos legalizó la intervención con naves en aguas internacionales como parte de un "principio protectivo", pero en aquel caso la o las personas arrestadas enfrentaron un enjuiciamiento con "garantías mínimas de debido proceso", pero en este caso sencillamente se provocó la muerte de los sospechosos de delitos.

"Lo cierto es que existen mecanismos para que los estados que intervengan lo hagan con unas garantías. Y Estados Unidos se aparta gravemente de estos principios", informó el catedrático.

Respecto a las imputaciones delictivas, Romero Nieves dijo que no hay una definición internacional de narcoterrorismo y ni siquiera de terrorismo porque hay cautela global sobre el alcance de ese término. "Usualmente terrorismo ha implicado un mote, peyorativo, para perseguir. Entonces terrorista fue George Washington, Napoleón, Pancho Villa, Simón Bolivar, es peligroso, por eso la comunidad internacional ha sido muy cautelosa (con penalizar terrorismo)", explicó. A nivel internacional si hay tratados contra prácticas asociadas al terrorismo, como la toma de rehenes y la captura de aviones, agregó.

Las potenciales conductas delictivas de Maduro no deben quedar impunes, la acusación -dijo- revela corrupción gubernamental, pero la manera de intervenir no debería ser mediante una agresión, dijo Romero Nieves.  Aseguró que Estados Unidos pudo usar los mecanismos internacionales, de los que tiene gran influencia, para que se investigue y procese al mandatario venezolano. Agregó que a base de la convención de Montevideo sobre derechos y deberes de los estados, se le debía dar oportunidad a los propios países a internamente "autoregularse" y que cada país procese las conductas delictivas cometidas en su territorio.

Sobre la lentitud de los entes internacionales como la Organización de Estados Americanos y Naciones Unidas de expresarse respecto al operativo en Venezuela, Romero Nieves recordó que estas son "torpes" y se mueven con lentitud, por lo que hay que darle tiempo.

"El derecho internacional no es un fundamento aquí para proteger a Maduro. Es para proteger a los países contra el imperialismo. Ese fundamento que plantea ‘que bueno que existe Estados Unidos y que entra a patadas a Venezuela’, pero, ¿qué ocurre si China hace lo mismo con Trump, alegando que es un traficante de menores y prostitución infantil, como en efecto pudiera haber evidencia para eso? Y, ¿si Rusia hace lo mismo, alegando que la conducta actual de su administración (Trump) ha tenido impacto en su territorio?", sostuvo Romero Nieves.

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