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¿El estatuto actual protege a las personas del discrimen por razón de estilos de cabello?

25 de enero de 2024
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Por Paola Arroyo Guzmán

El debate en torno al Proyecto del Senado 1282, que propone la «Ley contra el discrimen por razón de estilos de cabello», ha generado interrogantes sobre la protección ofrecida por la Ley Núm. 100 ante el discrimen racial basado en peinados en el ámbito laboral.

La licenciada Natalia Alexa Colón Díaz, cuya práctica se enfoca en el derecho laboral patronal, subrayó que, desde la perspectiva legal, los patronos tienen la prerrogativa de gestionar el personal según sus necesidades operativas, pero enfatizó que no deben discriminar en el empleo.

Destacó la necesidad de abordar la falta de educación sobre el lenguaje correcto y el reconocimiento de la identidad racial, sugiriendo que la legislación no debe ser la única respuesta.

Colón Díaz, de igual forma, abogó por un enfoque legislativo más eficaz, centrado en la fiscalización y educación por parte de las entidades gubernamentales.

«Porque desde que existe la Ley Núm. 100 del 1959, un planteamiento puntual de discrimen por razón de raza, que se argumente correctamente y que tenga unos planteamientos jurídicos y de hechos, tiene una causa de acción valida», sentenció la abogada, quien ejerce en la práctica privada desde su bufete NCD Law ?Employment & Business Affairs en San Juan PR.

«Lo que evidentemente surge de la discusión del proyecto de ley es la falta de educación sobre el uso del lenguaje correcto y reconocimiento de la identidad racial de los ciudadanos. La falta de educación no se combate con más legislación punitiva o restrictiva», sostuvo.

Agregó, de igual forma que, un planteamiento de trato desigual, basado en hechos puntuales, sobre las características del cabello de alguna persona afrodecendiente debe presentarse en los foros judiciales, que conforme el andamiaje legal existente, deberá adjudicar la controversia.

«Un ejercicio legislativo más eficaz, a mi juicio, podría ser investigar la capacidad de fiscalizar y educar de los entes gubernamentales que tienen la obligación ministerial no tal solo de hacer cumplir la Ley, sino de educar a la ciudadanía sobre sus Derechos».

Reiteró que, además de atender este tipo de discrimen a través de la educación, las leyes locales y federales sí protegen a las personas del discrimen por razón de estilos de cabello.

Asimismo, indicó que las agencias reguladoras no tienen los recursos para fiscalizar eficientemente y educar sobre el tema.

Te explicamos el proyecto

El proyecto busca establecer la política pública contra el discrimen racial contra los diversos peinados protectores y texturas de cabello que se asocian con identidades de raza y origen nacional.

En una concurrida audiencia pública, la Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Laborales del Senado escuchó el martes emotivos testimonios relacionados al proyecto de ley que pretende establecer la política gubernamental de Puerto Rico en contra del discrimen racial basado en peinados africanos y texturas (alisados) de cabello.

Emotivos relatos durante discusión de proyecto para establecer ley contra el discrimen por estilos de cabello

A favor del proyecto

Por su parte, licenciada Veronika M. Banuchi Ponce co-fundadora de Justicia Salarial y colaboradora en One Fair Wage, aplaudió la legislación

«A mí me pareció bien interesante porque cuando uno estudia la génesis por discrimen racial y de lo que fue la segregación racial en los Estados Unidos y, por coincidente, tiene un impacto en Puerto Rico podríamos a comenzar a hablar sobre el caso de Brown v. Board of Education en el 1954, que particularmente comenzó en un plantel escolar».

Para Banuchi Ponce la pieza legislativa llenaría un «vacío legal» el discrimen por estilo de cabello no se encuentra legislado.

«Podemos hablar de un caso del 2002 de un trabajador que llevó un caso contra una cadena de salas de cine (en Puerto Rico) porque tenia el pelo de rubio «chillón». Cuando se resolvió el caso, la decisión se enfocó en que a la persona no se le había dado el reglamento que dijera que eso estaba proscrito. El tribunal resolvió que el despido fue injustificado, pero que el patrono podía imponer ese tipo de reglamentación».

«La legislación ha reconocido que el patrono puede imponer reglamentación siempre y cuando no esté basado en un estereotipo y que afecte características inmutables», dijo la abogada, quien describió la legislación como un paso de avanzada.

A su vez, aseguró que es importante que se apruebe la medida para darle al «juzgador de una reglamentación que expresamente diga ‘no puedes discriminar contra alguien que tenga este tipo de cabello'». Al día de hoy en realidad eso no existe. Sí, al día de hoy, existe una interpretación muy amplia, pero no necesariamente se ha hablado de esa expresión en particular».

«El tribunal ha interpretado de manera amplia lo que es raza».

Puntos en común

Ambas abogadas consideraron en entrevista con Microjuris que la educación en esencial para abordar el tema porque visibiliza el problema.

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