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Reforma Laboral: Ven un solo camino para vencer a la Junta de Supervisión Fiscal

02 de septiembre de 2022
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Por Daniel Rivera Vargas

Con una demanda radicada en contra de la nueva Reforma Laboral por parte de la Junta de Supervisión Fiscal (JSF), la abogada que litiga casos laborales Jessica Méndez Colberg explicó lo que representa el nuevo estatuto para este sector del país y explicó cómo el gobierno puede prevalecer ante la jueza Laura Taylor Swain.

Méndez Colberg dijo en entrevista con Microjuris que la Ley 41 de 2022 básicamente restablece el estado de derecho que existía antes de la Ley 4 de 2017, y que fue altamente nociva contra el sector obrero en aras de un desarrollo económico, que nunca se materializó.

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"Cuando uno analiza esta Reforma Laboral, en torno a los cambios que trae, me parece que no reinventaron la rueda. Los cambios son porque la Reforma Laboral del 2017 trastocó todo el ordenamiento jurídico en término de licencias por enfermedad, vacaciones, ley de despido injustificado, discrimen. Fue tan dañina para los obreros del sector privado. Esa Reforma Laboral (2022) lo que hace en muchos aspectos es volver a lo que teníamos antes", sostuvo la abogada.

La licenciada, además, trajo a colación que desde la exposición de motivos de ambas medidas se nota cómo a veces se legisla sin base.

Y, es que, mientras la Reforma Laboral del 2017, del gobernador Ricardo Rosselló, dedicaba numerosas páginas a estadísticas, números y afianzar la voluntad del gobierno de trabajar con la JSF, respondiendo a los principios de austeridad del ente fiscal creado por la ley federal PROMESA, la Reforma Laboral del 2022 no hacen una explicación adecuada para asumir la responsabilidad de que la ley anterior se hizo mal.

La JSF demandó ayer al gobierno alegando que la Reforma Laboral va en contra del Plan Fiscal. El gobierno ha dicho que apoya la ley. Lee la demanda aquí.

Cuando se le preguntó sobre las posibilidades de que el gobierno prevalezca en un pleito federal, debido a que la inmensa mayoría de las demandas prevalece la JSF, la licenciada entiende que la opción es someter buena evidencia.

"La jueza resuelve a favor de la Junta en un 99% de los casos, pero es que el gobierno tiene que hacer el trabajo de someter la evidencia de que esta ley no tiene impacto económico, no impacta el Plan Fiscal, como alega la Junta y que tiene un efecto de desarrollo económico. Pero tiene que hacer el trabajo, tiene que contratar los expertos que hagan los estudios, y que puedan demostrarlo en el tribunal. Si algo ha fallado anteriormente cuando se ha cuestionado alguna ley es que AAFAF (Autoridad de Asesoría Financiara y Agencia Fiscal), que es el que deben someter las justificaciones de que esto no afecta el Plan Fiscal, no hacen el trabajo. Someten una hoja de algunas líneas, pero no lo justifican, tiene que hacer el trabajo de probar de que esto en realidad no va a afectar el Plan Fiscal. Si no, la Junta les va a pasar por encima", explicó.

Al describir la Ley 41- de 2022, Méndez Colberg dijo: "Me parece que toda legislación que sea en pro de los derechos de los trabajadores y trabajadoras y mejorara sus condiciones de empleo mediante beneficios y derechos que se garantizan en las leyes siempre es bueno. Los trabajadores son los que mueven la economía del país. Que si se puede hacer mejor, siempre hay espacio para mejorar", agregó.

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La letrada detalló algunos beneficios del nuevo estatuto laboral para las y los empleados.

"Esta ley no reinventa la rueda. Nos lleva a como estábamos antes de la Ley 4 de 2017. La aprobación de esta ley (de 2022) demuestra que las medidas de austeridad y recortes de beneficios a la fuerza trabajadora no redunda en crecimiento económico. No produjo (la ley de 2017) aquel crecimiento económico, que decían que iba a crear beneficios de los empleados, por lo tanto, recortar beneficios de los trabajadores, no es la alternativa para traer desarrollo económico", sostuvo.

Entre los elementos más importantes que fueron eliminados por la Reforma Laboral del 2017, pero que son restablecidos en la Reforma Laboral del 2022, señaló que la medida actual, aclara que existe una presunción de despido por discrimen en demandas por discrimen, y se restablece el lenguaje que permitía la presunción de despido injustificado, dijo Méndez Colberg.

También, se regresa a un término prescriptivo más extenso, de tres años, para que un empleado cesanteado pueda presentar su demanda por despido injustificado. La Reforma Laboral del 2017 establecía el término en un año, sostuvo la licenciada. Asimismo, se restablecen las licencias por enfermedad y vacaciones, así como se recorta el periodo probatorio tanto para empleados regulares como gerenciales.

Hay cosas nuevas, pero no sustanciales, según la licenciada, como, por ejemplo:

  1.  Los empleados y empleadas, a tiempo parcial, acumulan vacaciones y enfermedad, que eso no pasaba antes.
  2. Disposición para estudiantes que trabajan en el séptimo día. El séptimo día se le pagaría a tiempo doble a las y los estudiantes.
  3. La liquidación de vacaciones ahora se permite total y parcial.
  4. Se añadieron enfermedades nuevas para la licencia por enfermedades catastróficas.

Asimismo, se cambia la forma que se calcula la mesada bajo Ley 80 mediante un mecanismo con dos variantes basados en el tiempo en el empleo del trabajador o trabajadora. Primero, a los que tienen 15 años o menos se computan tres meses y dos semanas por cada año de servicio; y segundo, a los que tienen más de 15 años se computan 6 meses y tres semanas por cada año de servicio.

Méndez Colberg dijo que no todo lo que eliminó la Reforma Laboral del 2017 se restableció con la reforma actual. Un ejemplo de esto es que el pago por horas extra a tiempo doble, que se bajó a tiempo y medio con la ley de Rosselló, la reforma de 2022 lo mantiene a tiempo y medio.

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