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Las opiniones expresadas en este artículo son únicamente del(a) autor(a) y no reflejan las opiniones y creencias de Microjuris o sus afiliados.
Por Lcdo. Ángel R. Rivera de la Cruz, PE
Abogado y Ex Comisionado del Negociado de Energía
Mediante la Ley 17-2019, Ley de Política Pública Energética, ratificado por la Ley 33-2019, Ley de Mitigación, Adaptación y Resiliencia al Cambio Climático, se prohibió el uso del carbón como combustible para la generación de electricidad en Puerto Rico a partir de 1 de enero de 2028. Como consecuencia, la generatriz AES debe cesar sus funciones al 31 de diciembre de 2027. Actualmente, AES provee 454 MW de capacidad firme (i.e., generación base), produce aproximadamente el 15% de la electricidad que se consume en el país y es la unidad base más económica y de las más confiables de nuestra flota de generación.
Para sustituir a AES y otras unidades que operan a base de combustibles fósiles que debían retirarse en los próximos años, el Plan Integrado de Recursos aprobado por el Negociado de Energía en agosto de 2020 requería que se licitaran al menos 3,500 MW de recursos de generación renovables y al menos 1,360 MW de recursos de almacenamiento (i.e., baterías) que debían estar en operación a finales de 2025. Estas licitaciones debían realizarse mediante seis procesos competitivos (llamados también Tranches) los que debía empezar en diciembre de 2020 y culminar luego del verano de 2023.
Al día de hoy solo se han completado los primeros dos procesos de licitación que resultaron en poco más de 850 MW en recursos de generación y poco más de 300 MW de recursos de baterías. Destacamos que en el segundo proceso solo se aprobaron 60 MW de generación y 60 MW de baterías. En días recientes, el Negociado de Energía canceló el tercer proceso de licitación fundamentado en que los precios ofertados eran demasiado onerosos y no redundaría en tarifas asequibles para los clientes del sistema eléctrico.
Ese mismo día, el Negociado de Energía inició un cuarto proceso de licitación donde se estableció un tope de precio de 12.5 centavos por kWh. En comparación, AES genera electricidad de 8 a 9 centavos. No obstante, y basado en las estructuras de precios que se presentaron en los primeros tres procesos de licitación, existe gran incertidumbre sobre si este cuarto proceso resultará en ofertas de recursos de generación en las cantidades requeridas por el Plan Integrado de Recursos para el retiro responsable de las unidades actuales de generación a base de combustibles fósiles. Identificar recursos que puedan sustituir de manera efectiva los activos que deben retirarse es necesario para garantizar el suplido de la demanda energética de manera confiable y segura durante los próximos años.
Es preciso destacar que, según el más reciente estudio de adecuación de los recursos de generación publicado por LUMA el 31 de octubre de 2024, si no se identifican recursos necesarios para sustituir la capacidad de 454 MW que representa AES, una vez se retire esta última se estima que el sistema de generación no podrá suplir la demanda de electricidad en al menos una hora en 140 días del año.
Además de los recursos de los primeros dos procesos de licitación, aquellos que puedan ser adquiridos mediante el cuarto proceso de licitación, y ciertos proyectos de baterías y generación de emergencia promovidos por los operadores del sistema eléctrico, no se han identificado ni hay planes de desarrollo de recursos adicionales adecuados que puedan entrar en operación comercial antes del retiro de AES. Por consiguiente, con este retiro obligatorio establecido por ley y la falta de recursos que sustituyan su capacidad de 454 MW, nos acercamos peligrosamente a un precipicio profundo en términos de generación eléctrica, el cual tiene fecha definitiva: 31 de diciembre de 2027.
Esta situación se exacerba aún más con la aprobación por parte del Negociado de Energía de la petición de LUMA Energy de mover la fecha de presentación del próximo Plan Integrado de Recursos para el 16 de mayo de 2025. Basado en el tiempo que tomaron los dos procesos de aprobación anteriores, el próximo Plan Integrado de Recursos se aprobará, como temprano, a finales del verano de 2026. Para ese entonces será demasiado tarde iniciar los procesos necesarios para sustituir la capacidad de AES. Por consiguiente, resulta obligatorio tomar acciones inmediatas para asegurar que este retiro ordenado por ley no tenga un efecto perjudicial en la confiabilidad y capacidad de nuestro sistema de generación.
Aunque las únicas acciones que se pueden realizar con relación al sistema eléctrico son aquellas contenidas en el Plan Integrado de Recursos, la Ley 17-2019 establece que el Negociado de Energía puede otorgar dispensas o exenciones a éste por justa causa. De ordinario, esta es una herramienta que debe utilizarse de manera restrictiva. Sin embargo, dadas las circunstancias actuales del sistema de generación, resulta necesario invocarla en este momento para evitar las consecuencias de retirar AES sin desarrollar recursos adecuados que puedan sustituir su capacidad. El momento de actuar es ahora si queremos evitar llegar al precipicio de generación eléctrica de 31 de diciembre de 2027.
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