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Descarga el documento: Aglaed González Rivera v. Centro Médico del Turabo
Aglaed González Rivera llegó a la sala de emergencias del Hospital HIMA San Pablo Caguas con tres meses de embarazo, dolor pélvico y un poco de sangrado vaginal. Allí la atendieron dos médicos y personal del hospital.
Su condición empeoró allí mismo, comenzó a sangrar profusamente y perdió su bebé. Los doctores la diagnosticaron con un aborto espontáneo que requirió cirugía para legrado. Para la operación se le administró anestesia espinal. Al inyectarle la anestesia, se le perforó la espina dorsal, por lo que González Rivera quedó parapléjica.
González Rivera alegó que vive confinada a una silla de ruedas, por lo que ella y su esposo demandaron al hospital y a los médicos que la atendieron por violar el estándar de cuidado con el cual se le debió atender.
Luego de varios trámites durante el litigio, los demandantes solicitaron la exclusión del perito que testificaría a favor de la demandante. En estos casos, un perito es instrumental para ayudar al tribunal a establecer la negligencia médica.
Según los demandados, el testimonio del perito de la demandante no es confiable porque éste no evaluó a la demandante, sólo parte de su expediente médico, y como si fuera poco, porque la demandante no es en efecto parapléjica. Por ello, alegan los demandados que el testimonio es inadmisible y debe suprimirse. Los demandados señalan que el perito no evaluó el expediente de la demandante en cuanto a su recuperación y que se dejó llevar por una nota de una enfermera en la parte que sí evaluó.
Los demandantes alegan que el testimonio es confiable bajo el estándar de Daubert, que es admisible, que la controversia es quizás una de credibilidad, y que le compete a un jurado evaluar cualquier asunto de credibilidad. La postura del perito se basa mayormente en el hecho de que la demandante es parapléjica. Basado en su análisis, eliminando posibilidades según los síntomas de la demandante, concluyó que la parálisis se debió a un infarto de la columna vertebral por la cantidad de sangre que perdió el día que visitó la sala de emergencias del Hospital HIMA.
Sin embargo, los demandados proveyeron prueba de que un médico evaluó a González Rivera en el 2014 y concluyó que no era parapléjica, que ella podía mover las piernas y caminar.
En el 2015, dos semanas luego de la radicación de la demanda, González Rivera fue evaluada por una neuróloga en los Estados Unidos, quien escribió en el expediente médico que ella estaba caminando normalmente por el pasillo.
Ante esta realidad, el Tribunal federal para el Distrito de Puerto Rico determinó que el testimonio del perito no es confiable, y no existe prueba confiable de que su conclusión – lo que entiende causó la parálisis de la demandante – ocurrió tal cual.
por el Lcdo. Cristian González