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El Sistema de Información de Justicia Criminal (SIJC), adscrito al Departamento de Justicia, informó que independientemente de que se eliminen los antecedentes penales de una persona, jamás se borran por completo de los expedientes electrónicos de agencias de seguridad parte de la información sobre pasadas conductas criminales de ese sujeto.
El tema de la labor del SIJC salió a relucir recientemente en una opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico, J.H.V. v. Negociado de la Policía, en la que evaluaron las peticiones de dos ciudadanos a quienes se les negó la licencia de portar armas a pesar de que habían tramitado que se eliminaran sus antecedentes penales. El rechazo a expedir la licencia se debió a que apareció información de esas pasadas condenas en los sistemas electrónicos del gobierno.
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La eliminación de antecedentes penales es un proceso que se permite hace décadas como una herramienta para facilitar que una persona que fue convicta consiga empleo, informaron Eduardo Cancel Maldonado, subdirector administrativo del SIJC, y la licenciada Verónica Velázquez del Valle, quien labora en esa dependencia.
"En muchas ocasiones se hace por abogado, pero se puede hacer por derecho propio. En la página de Justicia hay un boletín informativo para ese procedimiento", dijo Cancel Maldonado.
Una vez se extinguen todas las condiciones de una sentencia -restricción domiciliaria, multa, cárcel, grillete o una combinación de ellas-, después de algunos años una persona puede solicitar que se eliminen sus antecedentes penales. Hay delitos donde esto no esta disponible, como los que crean diversos registros para las personas que fueron ‘ofensores sexuales, por corrupción, por fraude a ancianos, entre otros.
El Supremo describió el SIJC como una oficina adscrita al Departamento de Justicia que recopila información criminal sobre aquellos adultos que son o hayan sido convictos de delitos graves o menos graves. Opera como un repositorio de información penal que nutre sus bases de datos con la información que le suplen las agencias concernientes que forman parte del Comité Intergubernamental.
Cualquier persona que entienda que toda o parte de la información recopilada por el SIJC-PR bajo su nombre es incorrecta, está incompleta, o no está autorizada por ley, puede presentar una reclamación por escrito a tales efectos ante el Director Administrativo del Sistema. La reclamación deberá contener los fundamentos de su alegación, la información complementaria o sustitutiva que, según éste, debe aparecer en el récord y los datos específicos que presuntamente se han registrado sin base legal.
"La oficina de SIJC (en San Juan o en las diferentes regiones del país) atiende 15 a 20 ciudadanos diarios, cuando la convicción es un delito grave, una vez ese tribunal emite esa orden o resolución, se piden documentos como licencia, seguro social, en ocasiones se pide la sentencia", sostuvo Cancel Maldonado
Si es un delito menos grave, se hace en la Policía por vía administrativa, pero si es grave el trámite se hace en el tribunal, indicaron los entrevistados.
El Departamento de Justicia informó que en el 2025 unas 2,072 personas tramitaron y eliminaron los antecedentes penales. La cifra ha sido similar en los pasados 5 años, donde en total se han reportado que 11,677 exconvictos eliminaron sus antecedentes.
Según la opinión del Supremo, el Art. 8 de la Ley Núm. 143-2014, 4 LPRA sec. 533e. dice se "tomará todas las medidas necesarias para asegurarse de que todo dato relativo a convicciones cuya eliminación del récord penal de una persona haya sido ordenado por tribunal competente sea efectiva y totalmente eliminada del Sistema de Información de Justicia Criminal, incluyendo pero sin que esto se entienda como una limitación, las memorias de cualesquiera computadoras utilizadas por el Sistema".
Asimismo, en la opinión emitida a finales de diciembre, hay una segunda opinión -en parte disidente y en parte en conformidad- que cuestiona que subsistan estos récords a pesar de que los ciudadanos ya cumplieron con su pena y además realizaron la gestión de eliminar sus antecedentes. La jueza presidenta Maite Oronoz ancla su posición en que hay un derecho constitucional a la rehabilitación que se trastoca con la permanencia de esos récords. En concreto, la Sección 19 del Artículo VI de la Constitución establece que es política pública reglamentar las instituciones penales para hacer posible la rehabilitación moral y social de la persona convicta.
"La eliminación de antecedentes penales es piedra angular del principio fundamental de la rehabilitación. Ausente un derecho superior, no debe concederse al Negociado de la Policía de Puerto Rico (NPPR) una facultad que excede la que en hechos similares le hemos reconocido a los propios tribunales, a saber, el poder considerar convicciones satisfechas y eliminadas de los registros por el proceso dispuesto por ley para adjudicar la concesión de licencias de portación de armas. Esto no solo tiene el efecto de reafirmar la existencia de aquello que los tratadistas penales llaman "la condena vitalicia escondida", sino que se aparta del mapa de ruta que ha guiado a este Tribunal por décadas en materia de reforma penal", argumentó Oronoz.
Pero esa no fue la opinión de la mayoría de los jueces del Supremo, y para la licenciada Velázquez del Valle, la eliminación no puede ser total porque entonces se violarían otras leyes -Ley de Armas y Ley de Violencia Doméstica- que exigen que, si una persona ha cometido delitos en el pasado, esos delitos pueden tomarse en consideración para aspectos como la sentencia.
"Se elimina para fin público, pero los funcionarios podrán verlos para cumplir su obligación", indicó Velázquez del Valle. "Si una persona que fue convicta por ley 54 (violencia entre parejas), se le puede otorgar un programa de desvío si no tiene antecedentes. El ministerio público tiene que accesar esa información... estos funcionarios tienen el deber de revisar estos ‘backgrounds’ de los ciudadanos", agregó la letrada
Los ciudadanos interesados pueden obtener más información o hacer sus reclamos sobre información penal que entiendan debe ser borrada en el 787-721-2900.