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Tras el Tribunal Supremo de Puerto Rico declarar no ha lugar los reclamos para evitar el aumento del salario mínimo, las múltiples asociaciones que representan el sector privado presentaron, el pasado viernes, 19 de julio, una apelación.
En el Tribunal de Apelaciones, la Cámara de Comercio de Puerto Rico, Asociación Hecho en Puerto Rico., Asociación de Restaurantes de Puerto Rico y Cámara de Mercadeo, Industria y Distribución de Alimentos buscan revocar la decisión del juez Anthony Cuevas Ramos emitida el 8 de julio. El juez de primera instancia desestimó el recurso legal mediante el cual este grupo de organizaciones comerciales buscaba invalidar el aumento de salario mínimo.
En el alegato, las organizaciones argumentan que «el TPI actuó con prejuicio, parcialidad, abuso de su discreción y cometió grave error de hecho y de derecho al negarse mediante el pronunciamiento apelado a declarar nulo dicho aumento mediante sentencia declaratoria».
La Ley 47 de 2021 establece que, a partir del 1 de julio, el salario mínimo en el archipiélago aumentaría a $10.50 la hora. En caso de que la Comisión Evaluadora del Salario Mínimo no estuviese de acuerdo con el aumento debía haber realizadon un proceso de votación interna.
Los apelantes alegan que el TPI erró al disponer que «para hacer efectivo el aumento el 1 de julio de 2024 no se requería acción afirmativa de cinco de los siete miembros de la Comisión porque así lo dispuso el legislador en la Sección 2.02 del estatuto».
Asimismo, exponen que de revocarse la sentencia que apelan se evitará un caos inmediato y futuro en el mercado laboral.
«La revisión y eventual revocación que haga este Honorable Tribunal del dictamen apelado tendrá el efecto de aclarar cuál es el estado de derecho vigente sobre esta materia de alto interés público y cuestión mayor no sólo para este año sino para los venideros», añaden.
Inicialmente, las entidades que presentaron la demanda ante el TPI fueron la Cámara de Comercio de Puerto Rico junto a la Asociación Hecho en Puerto Rico, la Asociación de Restaurantes (ASORE), la Cámara de Mercadeo, la Industria y Distribución de Alimentos, la Asociación de Industriales de Puerto Rico, el Puerto Rico Hotel & Tourism Association (PRHTA) y la Asociación de Comercio al Detal.
No obstante, el recurso apelativo lo presentaron la Cámara de Comercio de Puerto Rico, Asociación Hecho en Puerto Rico., Asociación de Restaurantes de Puerto Rico y Cámara de Mercadeo, Industria y Distribución de alimentos.
Estas cuatro organizaciones presentaron ante el Supremo un recurso de certificación, una moción de Auxilio de Jurisdicción y una solicitud de vista oral. El 12 de julio, el alto foro judicial declaró "no ha lugar" a los recursos presentados.