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En Fortaleza las enmiendas a la nueva Ley de Armas de Puerto Rico

16 de octubre de 2020
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La gobernadora Wanda Vázquez Garced ya tiene ante su consideración el Proyecto de la Cámara 2392 que enmienda la Ley 168 de 2019, mejor conocida como la Ley de Armas de Puerto Rico 2020.

Las enmiendas aprobadas en la sexta sesión extraordinaria proponen aclarar las circunstancias por las que se le puede negar una licencia de armas a un agente del orden público y establecer la distancia mínima que debe haber entre un club de tiro al aire libre y una escuela.

Además, la medida autoriza que —por manera de excepción— se permita que los instructores que ofrecen los cursos conducentes a la certificación de uso y manejo puedan facilitar sus armas y municiones a los peticionarios de una licencia de armas, pero solo en los polígonos y clubes de tiro que no tienen armería en sus facilidades.

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CONTEXTO

El 11 de diciembre de 2019, la gobernadora firmó la Ley 168 de 2019. La ley derogaba la Ley 404 del 2000 y atemperó el derecho a la jurisprudencia federal que reconoce el derecho de todo individuo a poseer y portar armas.

Sin embargo, explica en la medida, la implementación de la ley requería que el Negociado de la Policía de Puerto Rico desarrollara un reglamento y los formularios correspondientes en un corto tiempo.

En vías a facilitar el proceso de redacción del reglamento, se determinó realizar una serie de enmiendas técnicas a la Ley 168.

La pieza legislativa de la autoría del representante Félix G. Lasalle Toro indica que las enmiendas atienden algunas lagunas y facilitan la interpretación de la intención legislativa y la redacción de los reglamentos.

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