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La Cámara de Representantes aprobó en su sesión de esta semana varias enmiendas para fortalecer la Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica, mejor conocida como Ley 54.
En primer lugar, el Proyecto de la Cámara 762, radicado por el representante José O. González Mercado, dispone que en algunas circunstancias, se suspenderá la celebración de las vistas finales de órdenes de protección, mientras esté pendiente un proceso penal entre las partes.
Dicho proyecto de ley que fue aprobado con 41 votos a favor y 5 votos en contra, destaca que en la actualidad, bajo dicha ley, se inician dos procesos. Inicia un procedimiento civil que rige lo relacionado con la orden de protección que se le brinda a la víctima. Comienza además, un procedimiento criminal en el que se procesan los delitos cometidos por el presunto agresor o agresora.
«Inevitablemente, el proceso provoca el encuentro innecesario de la víctima y el presunto agresor o presunta agresora contra el que mantiene una orden de protección. No podemos pasar por alto que además se invierte gran cantidad de recursos tanto por las partes como por la rama judicial», explica la pieza legislativa.
La medida también crea una Vista Única de Asuntos de Familia pendente lite para atender los asuntos preliminares de familia entre las partes, y reducir las ocasiones en que la víctima se verá con el alegado agresor o agresora.
Por otro lado, el Proyecto de la Cámara 791, que fue dejado pendiente de acción posterior en el Calendario de la Cámara, y que fue presentado por petición de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, aumenta las penas por varios los delitos tipificados en la Ley 54, limita las instancias en las que estará disponible el desvío y establece de manera no discrecional la supervisión electrónica, como parte de las condiciones para una fianza en todo proceso criminal al amparo de la Ley 54.
«Ciertamente, no existe evidencia conocida de que el aumento en las penas, para cualquier delito, funcione como disuasivo de su comisión en primera instancia. Pero debemos tener presente que una buena parte de los delitos de violencia doméstica en Puerto Rico se comenten por agresores reincidentes, que ya tienen historial de violencia doméstica, ya sea como peticionados en una orden de protección o como acusados o convictos por alguno de los delitos tipificados en la Ley 54, trátese con respecto a la misma víctima o a una víctima distinta. Ello indica un problema de falta de efectividad del componente preventivo de la Ley 54", explica la exposición de motivos del proyecto.
Por último, la Cámara también aprobó el Proyecto de la Cámara 1462, el cual crea la Ley del Portal Electrónico de Rastreo del Equipo de Recolección de Evidencia Forense de Violencia Sexual.
Esta medida de Administración tuvo respaldo por unanimidad al aprobarse, y la misma fue radicada por los miembros del Partido Nuevo Progresista (PNP), dispone que el Instituto de Ciencias Forenses será el ente responsable de crear y mantener el portal y proporcionará información a las víctimas de delitos sexuales, de la ubicación y estatus de procesamiento de su Equipo de Recolección de Evidencia Forense de Violencia Sexual (Sexual Assault Forensic Evidence o SAFE Kits, por sus siglas en inglés).
Además, el proyecto establece las responsabilidades de las diferentes agencias concernidas e instalaciones de salud, en torno a la recopilación de los datos y muestras para la actualización del sistema de rastreo.
En el caso del Proyecto de la Cámara 762, así como también el Proyecto de la Cámara 1462, ambas medidas pasarán ahora al Senado de Puerto Rico para su consideración.