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El Senado considera legislación para enmendar el Código Penal de Puerto Rico con el objetivo de aumentar la pena por el delito de maltrato a personas de edad avanzada.
Se trata del Proyecto del Senado 332, de la autoría del legislador Jamie Barlucea Rodríguez, referido a la Comisión de lo Jurídico para su evaluación.
Accede aquí a la pieza legislativa
La medida establece que, bajo la Ley 138-2014, se enmendó el Código Penal de Puerto Rico con el propósito de añadir varios delitos, entre ellos: negligencia en el cuidado de personas de edad avanzada e incapacitados; maltrato a personas de edad avanzada mediante amenaza; explotación financiera de personas de edad avanzada; fraude de gravamen contra personas de edad avanzada; y maltrato a personas de edad avanzada.
Sin embargo, el autor de la medida plantea que al analizar las penas impuestas por estos delitos, se observa una discrepancia significativa. En el caso del maltrato a personas de edad avanzada mediante amenaza, la pena establecida es de 6 años, mientras que por el delito de maltrato a personas de edad avanzada —cuando involucra abuso físico, emocional o financiero, agresión, robo, apropiación ilegal, amenaza, fraude o violación, causando daño o exponiendo a la víctima al riesgo de sufrir daño en su salud, bienestar o bienes— la pena es de 10 años.
Ante esta diferencia, el autor del proyecto sostiene que la disparidad entre ambas sanciones no es proporcional. Por ello, mediante esta legislación, propone aumentar la pena por el delito de maltrato a personas de edad avanzada.
El proyecto legislativo, en su redacción actual, establece una pena de reclusión fija de 12 años. No obstante, esta disposición podría ser objeto de enmiendas durante su consideración.