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La Cámara de Representantes en su sesión legislativa esta semana estuvo atendiendo dos medidas que buscan enmendar la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico.
Una de las propuestas lo fue el Proyecto de la Cámara 1132, presentada por el representante Luis Péres Ortíz, con el propósito de aclarar que la suspensión de la licencia de conducir por pasarse una luz roja será efectiva cuando dicha infracción se cometa hasta en tres ocasiones distintas, dentro del periodo de vigencia de la licencia de conducir.
Actualmente, la ley dispone una multa de $500 por la infracción de cruzar la luz roja y establece que cuando la persona cometa la misma infracción en tres ocasiones se le suspenderá la licencia por tres años, y estará sujeta al conductor durante el resto de su vida, mientras la mantenga vigente.
No obstante, la medida expone que dicho término al cual un conductor está sujeto a la suspensión de su licencia por tres años es excesivo y desproporcionado y, por ende, irrazonable. Por lo cual se propone, a fin de cumplir con el criterio de razonabilidad, a que se establezca en la ley que el conductor estará sujeto a dicha suspensión de tres años de su licencia de conducir si comete esta infracción dentro de un periodo de vigencia de la misma.
Dicho proyecto de ley fue aprobado por unanimidad y pasará al Senado para su consideración.
De otra parte, el Proyecto de la Cámara 909, propone autorizar la confiscación de los vehículos de baja velocidad que posean tablilla y se encuentren transitando por las autopistas o vías públicas con límite de velocidad mayor a 45 millas por hora, tipificando dicha acción como delito grave, e imponerle multas.
Esta medida señala que hace años en Puerto Rico ha aumentado considerablemente el flujo de vehículos tipo "off road" o todoterreno, motoras, carros de golf, entre otros, transitando por las calles, autopistas y avenidas principales del país de manera ilegal o siendo conducidos de forma temeraria. Mientras, otros han logrado el acceso a las calles a través de unas licencias y/o tablillas de "baja velocidad" que expide el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) que los autorizan a transitar hasta un máximo de veinticinco (25) mph por ciertas vías públicas.
La pieza legislativa expone que este aumento en el tránsito de este tipo de vehículos por las calles, autopistas y avenidas ha resultado en problemas de congestión vehicular, accidentes, aglomeraciones y paralización del tránsito en intersecciones, por lo cual busca se establezca en la ley a que dicho delito se ha considerado como uno grave que conlleve la confiscación del vehículo en cuestión de forma automática.
De igual modo, busca también autorizar a la Policía de Puerto Rico a confiscar aquellos vehículos que posean licencia y/o tablillas de baja velocidad y transiten por las autopistas y/o las principales carreteras del país cuyo límite de velocidad publicado sea mayor a 45 millas por hora, y establece que dicha acción será tomada a tenor con las disposiciones contenidas en la Ley 119-2011, según enmendada, conocida como Ley Uniforme de Confiscaciones.
Este proyecto, que contó con 48 votos a favor y un solo voto en contra, tiene como autores a representantes de tres partidos políticos, Orlando Aponte Rosario, Ángel Matos García y Roberto Rivera Ruiz de Porras del Partido Popular Democrático (PPD), Carlos «Johnny» Méndez Núñez y José «Pichy» Torres Zamora del Partido Nuevo Progresista (PNP), y a Lisie J. Burgos Muñiz del Proyecto Dignidad.