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El próximo 30 de agosto de 2015 entra en vigor la nueva estructura de derechos arancelarios correspondientes a la tramitación de acciones civiles en los tribunales y otros servicios de la Rama Judicial. Así lo informó la Directora Administrativa de la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT), Hon. Isabel Llompart Zeno, quien recordó que estos nuevos aranceles mantienen las exenciones para determinados casos tales como alimentos de menores, expropiaciones forzosas y hábeas corpus.
"El Tribunal Supremo de Puerto Rico aprobó mediante su Resolución ER-2015-1 del 9 de marzo de 2015 una nueva estructura arancelaria para la tramitación de acciones civiles ante el Tribunal de Primera Instancia, el Tribunal de Apelaciones y el Tribunal Supremo, en atención a lo dispuesto en la Ley Núm. 47 de 30 de julio de 2009, según enmendada. Esta nueva estructura arancelaria entra en vigor el 30 de agosto de 2015 y es nuestro interés que la ciudadanía, y muy especialmente la comunidad legal, tenga conocimiento la puesta en vigor de estas modificaciones", explicó Llompart Zeno.
La Directora de la OAT enfatizó en el hecho de que la nueva estructura mantiene vigente el sistema de un pago único al momento de la presentación de la primera comparecencia ante el Tribunal así como todas las exenciones reconocidas anteriormente.
"El sistema de pago del arancel único facilita la tramitación de las acciones civiles por lo que no fue alterado. Es importante también destacar que la nueva estructura mantiene vigentes las exenciones de pago de aranceles que se proveen para los casos de alimentos de menores, hábeas corpus y expropiaciones forzosas. También se mantienen las exenciones a las personas indigentes que lo soliciten cuando efectivamente sea determinada su incapacidad de pago", aseveró Llompart Zeno.
El nuevo esquema aplica a los derechos arancelarios pagaderos a los secretarios del Tribunal de Primera Instancia, del Tribunal de Apelaciones, del Tribunal Supremo y los pagaderos a los alguaciles del Tribunal de Primera Instancia.