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La Ley Núm. 169-2025, originada por el (P. del S. 109), aprobada el 19 de diciembre de 2025 y de vigencia ciento ochenta (180) días después de su aprobación, añade una nueva ley para establecer el uso de torniquetes en la Policía de Puerto Rico, dispone su inclusión en los botiquines de cada patrulla, y ordena el adiestramiento obligatorio y periódico de los agentes en su uso.
El Artículo 3 establece que cada patrulla debe incluir un torniquete en su botiquín de primeros auxilios, y que estos deben cumplir con las normas de seguridad y eficiencia aprobadas por la FDA. El Artículo 4 dispone que la Policía de Puerto Rico deberá proveer adiestramiento en el uso de torniquetes acreditado por la Cruz Roja Americana, la Sociedad Americana del Corazón u otra organización acreditada, y que dicho adiestramiento debe repetirse al menos una vez cada dos años. La ley aclara que los agentes estarán exentos de responsabilidad civil por daños que surjan de la prestación de estos servicios si actúan de buena fe, conforme a la "Ley del Buen Samaritano del Gobierno de Puerto Rico".
El Artículo 5 faculta a la Policía de Puerto Rico a implantar la ley y a promulgar reglamentos necesarios, incluyendo entrenamientos como TCCC/TECC y otras destrezas básicas. También se autoriza a la PPR a aceptar donaciones de torniquetes, botiquines de trauma o fondos para adquirirlos. La Exposición de Motivos indica que la medida responde al aumento de eventos traumáticos y emergencias médicas en los que los agentes son primeros respondedores, y que el torniquete es un instrumento eficaz para detener hemorragias en etapas prehospitalarias.