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[DOCUMENTO] Estricto protocolo para atender pasajeros provenientes de Estados Unidos y otros países

31 de marzo de 2020
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Entre las medidas de salud pública que ha tomado el gobierno de Puerto Rico para atender la emergencia del COVID-19, la gobernadora de Puerto Rico, Wanda Vázquez Garced, firmó la Orden Ejecutiva OE-2020-030. La medida busca atender un control en la llegada de pasajeros provenientes de Estados Unidos y otros países.

El Boletín Administrativo, entre otros fines, establece que todo pasajero que llegue al aeropuerto internacional Luis Muñoz Marín debe cumplir con un protocolo, administrado por el Departamento de Salud, la Guardia Nacional y la Autoridad de los Puertos. El mismo parte de la presunción de que el pasajero, proveniente de Estados Unidos o de cualquier vuelo internacional, será considerado como un caso de potencial exposición al virus. El protocolo es el siguiente:

  1. Todo pasajero proveniente de Estados Unidos o cualquier destino internacional deberá permanecer en cuarentena por un termino de 14 días, o el tiempo de su estancia si es menor a 14 días. El término de 14 días comienza a contar con el día de llegada.
  2. El pasajero también deberá completar un formulario provisto por el Departamento de Salud. En el mismo se incluirá, información personal, historial de viaje, cuadro médico, y lugar de residencia o estancia.
  3. De tratarse de un residente, éste deberá permanecer en su residencia los 14 días.
  4. En caso de un pasajero que no tenga residencia deberá permanecer en cuarentena en el lugar indicado en antes mencionado formulario.
  5. En el caso de estancia en un hotel, el lugar de cuarentena corresponderá a la habitación. Por lo tanto, no podrá hacer uso de las áreas comunes.
  6. Según la orden, el lugar de cuarentena no podrá recibir visitas, sean familiares, amigos o vecinos. La única excepción es para algún tratamiento médico necesario.
  7. Todo pasajero que llegue a Puerto Rico, proveniente de cualquier destino a realizar funciones de respuesta de emergencia o de infraestructura crítica; reparación de equipos médicos, servicios esenciales, profesionales de la salud, tripulación de vuelo, mecánicos de aviación, agentes federales, militares activados y cualquier otro personal a criterio del Departamento de Salud, estará exento de los 14 días, más no así de divulgar su información en el formulario y deberá cumplir con cualquier directriz de las referidas agencias a cargo durante los próximos 14 días.

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La orden dispone que las agencias en esta operación deben seguir un protocolo de rigurosidad para el manejo correcto de la información obtenida de los pasajeros. La información obtenida no podrá ser utilizada para otro propósito fuera de lo que dispone la Orden. Como mínimo, cada pasajero deberá recibir una hoja de notificación individualizada con las debidas advertencias, fechas de comienzo y conclusión de la cuarentena, así como información del Departamento de Salud.

Además, se fija responsabilidad a todo hotel o lugar de alojamiento que tenga alguna reservación a partir de la vigencia de la orden. Las hospederías deberán comunicarse con la persona que realizó la reservación e informarle sobre las medidas establecidas en la reseñada Orden. De igual forma, enviar al huésped copia de la orden mientras el hotel o lugar de alojamiento debe tener la orden visible para su referencia. Por último,  se comanda a Turismo a realizar una traducción de la misma para facilitar la lectura a angloparlantes.

El mandato ejecutivo se mantendrá vigente, aun cuando se levante el toque de queda establecido en el Boletín Administrativo Núm. OE-2020-23.

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