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A pesar de que estudios del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH) demuestran que las mujeres conforman el 44 porciento de la fuerza laboral en la Isla aún se necesitan leyes con más garras para lograr la equidad salarial. Por esta razón, el DTRH, el Departamento de Justicia (DJ), la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos del Gobierno (OATRH) y la Oficina de la Procuradora de la Mujer (OPM) endosaron la creación de la ‘Ley de Igualdad Salarial de Puerto Rico’ que aplica a las que laboren en el sector público y el privado.
El Proyecto del Senado 9, que fue estudiado en vista pública de la Comisión de Gobierno, también dispone que las protecciones propuestas también aplicarán y protegerán a los hombres ante cualquier alegación o situación laboral en la que se sientan discriminados.
Según lo dispuesto en el proyecto será ilegal que un patrono requiera, como condición de empleo o de permanencia en el mismo, que un empleado o aspirante se abstenga de preguntar, discutir, solicitar o divulgar información acerca de su salario o del de otro empleado que realice una labor similar. También, dispone que los empleados que sean discriminados salarialmente por razón de sexo tendrá derecho a cobrar mediante acción civil la cantidad dejada de percibir hasta cubrir el importe total del salario que le correspondía, más una cantidad igual a lo dejado de recibir por concepto de penalidad adicional más las costas, gastos y honorarios de abogado. Sin embargo, el patrono podrá quedar liberado de esta penalidad si establece procesos de autoevaluación detallados y demuestra que ha logrado un progreso razonable para evitar las diferencias salariales.
Además, todo patrono que despida, amenace, discrimine o tome represalias contra un empleado incurrirá en responsabilidad civil por una suma igual al doble del importe de los daños que el acto haya causado al empleado.
El secretario del DTRH, Carlos Saavedra Gutiérrez, expuso que la pieza legislativa es una de "justicia social" que "será de gran ayuda para propiciar que las mujeres en Puerto Rico sean compensadas de forma igual a los hombres. De esta manera se propende lograr cambios en nuestras escenarios laborales que redunden en el bienestar total de la sociedad".
Por su parte, la titular de Justicia, Wanda Vázquez Garced, argumentó que la creación de esta ley "llenará un vacío jurídico" porque se atenderá con especificidad aspectos prácticos que atañen el derecho constitucional de ‘igual paga por igual trabajo’. Sin embargo, recomendó que sea la OATRH la agencia que vele por el cumplimiento de la propuesta ley pero la directora designada de dicha agencia, Nitza Irizarry Algarín, informó que la jurisdicción de la OATRH aplica al sector público.
En lo que respecta a la radicación de querellas, la procuradora de la Mujer, Ileana Aymat Ríos, solicitó a los miembros de la Comisión que se le permita a las personas afectadas radicar querellas tanto en el DTRH así como en la OPM. "En el caso de la radicación de la querella en un foro dicha jurisdicción excluye al otro foro".
De aprobarse esta legislación, Puerto Rico se uniría a otras jurisdicciones de Estados Unidos que han promulgado leyes que refuerzan el mandato establecido en el Equal Pay Act de 1963. A partir de la aprobación de dicha ley se comenzó a reducir la brecha salarial entre lo que ganan los hombres en comparación con las mujeres al realizar el mismo trabajo.
A tono con la política pública de otorgar puestos de liderato a la mujer el Gobernador designó a 25 mujeres a dirigir agencias y puestos directivos conformando así el 40 porciento de su Gabinete.