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Estudiantes de Derecho UPR llevan sus argumentos ante el Supremo federal

26 de octubre de 2021
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Por Daniel Rivera Vargas

Dos estudiantes de la Universidad de Puerto Rico explicaron a Microjuris.com cuáles fueron los argumentos jurídicos que ayudaron a confeccionar y que sometieron recientemente ante la consideración del Tribunal Supremo de Estados Unidos, para que el más alto foro en el ordenamiento jurídico de la Isla puedan considerarlos al momento de decidir los casos US v. Vaello-Madero y Dobbs v. Jackson Women’s Health, o el caso del Seguro Social Suplementario (SSI por sus siglas en inglés) y el que podría restringir el derecho al aborto.

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Carla M. Pérez Meléndez y Sofía Matos López son parte de la clínica Pro Bono Amicus Justitiae de la Escuela de Derecho de la UPR, dirigida por los profesores Hiram Meléndez Juarbe y Luis Pellot Juliá. Además de estas estudiantes entrevistadas, en la clínica participan los estudiantes Sharon Villanueva, Gabriela Valentín, Irving S. Rodríguez, Karleen Méndez, y Julia Pagán.

US v. Vaello-Madero

Las estudiantes indicaron que se centraron en el problema de la inequidad que revela Vaello-Madero, porque este caso refleja que unos ciudadanos reciben más beneficios que otros por la única diferencia del lugar donde residen.

En Vaello-Madero, un ciudadano fue procesado por el gobierno de Estados Unidos por recibir cerca de $20,000 de Seguro Social Suplementario, una ayuda federal para personas pobres y discapacitadas, cuando se mudó de Nueva York a Puerto Rico. Si se confirma la decisión de los tribunales inferiores, abre la puerta para que esa ayuda esté disponible para miles de personas, lo que podría representar millones de dólares adicionales a la economía de la Isla, una que actualmente urge de inyecciones de dinero.

"Estamos viendo un caso donde tenemos a una persona A, Vaello, y una persona B, un estadounidense de igual posición social. La única diferencia es que vive en Minnesota o en Tennessee, pero por el mero hecho de vivir en alguno de los 50 estados reciben estos beneficios que deben ser para todo ciudadano estadounidense, pero no lo reciben 3.1 millones de ciudadanos estadounidenses porque viven en Puerto Rico", sostuvo Matos López.

Pérez Meléndez indicó que en su escrito las y los estudiantes de su clínica trataron de contextualizar a las y los jueces del Supremo la situación de Puerto Rico en la actualidad, y cómo es diferente al momento en que se aprobaron los casos Harris y Califano, resueltos hace cerca de 40 años, y que son los precedentes derogados en parte en las decisiones a favor de Vaello emitidas por el entonces juez de distrito, Gustavo A. Gelpí, y por el Primer Circuito de Apelaciones, en Boston.

"Decidimos explicar el impacto que tendría una decisión adversa (a Vaello) para las personas de Puerto Rico", indicó Pérez Meléndez.

Explicó que consideraron el argumento sobre el tipo de escrutinio constitucional que debía usarse en el caso, pero entendieron que "podría no ser persuasivo para la Corte Suprema" y no se enfocaron en él.

Sobre el ángulo del cambio económico, Pérez Meléndez dijo que aquel Puerto Rico de la época de Harris (1980) y Califano (1978) era uno de cierta bonanza económica, pero esta situación ya no es la realidad.

"Cuando se habla de Puerto Rico y el desarrollo económico de Puerto Rico bajo el liderato económico estadounidense se habla de cómo la mayoría de la economía puertorriqueña se basa en industrias foráneas y no, por decirlo así, en la economía local. Y el punto clave, el ‘tipping point’, fue el ‘phase-out’ de las 936 (sección del Código de Rentas Internas que atraía industrias manufactureras a la isla), y cómo afectó la clase media y media alta, que ha ido desapareciendo porque esas industrias proveían empleos para esa clase. Ese ‘phase-out’ provocó un tipo de vacío, que junto a situaciones de otra clase, como la deuda y la inmigración a gran escala... cambio grandemente el perfil económico de las personas en la isla», indicó.

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Mientras, la estudiante Matos López dijo que el segundo punto en el que se enfocaron era la situación política actual era muy diferente a los de la época de los casos insulares, y entendieron que debían aprovechar para ilustrar a las y los jueces del Supremo federal sobre la realidad social de la Isla, una que probablemente no conozcan, y que incluye la pandemia, los terremotos, la Junta de Supervisión Fiscal, la quiebra del gobierno.

"Es un poco ‘self-centered’ creer que van a saber todos los cambios que han ocurrido ‘across the pond’ (cruzando el charco), en Puerto Rico", indicó Matos López. "(Denegar el SSI) es quitarle beneficios económicos (a las personas de la Isla) solo porque viven aquí", sostuvo

Dobbs v. Jackson Women’s Health

En este caso, cuyo resultado podría restringir el derecho al aborto reconoce hace casi medio siglo en Roe v. Wade, la clínica quiso contextualizar "la realidad del aborto en Puerto Rico", para lo que usaron información de numerosas fuentes y de organizaciones feministas.

"Podemos aportar la perspectiva que casi nunca se mira, de cómo puede afectar a Puerto Rico. Muchas veces no se considera a Puerto Rico, no es que se le olvida: es que no le dan mucha importancia", sostuvo Matos López

La estudiante Pérez Meléndez dijo que en Puerto Rico hay una percepción de que los abortos son ilegales, que solo un puñado de los cerca de 300 obstetras en la isla practican abortos y que solo hay cinco clínicas, una en Ponce y el resto de San Juan, que realizan estas terminaciones de embarazos.

Matos López dijo que las estadísticas recopiladas apuntan a que el 58.6% de las mujeres en niveles de pobreza son madres solteras, que 78.5% de esas mujeres reciben algún beneficio de asistencia del gobierno; que una madre soltera en la isla gana 126.9% menos que una pareja casada, el 79% de las madres solteras viven en pobreza en Puerto Rico.

"Actualmente el aborto es casi inaccesible en Puerto Rico y la percepción en muchas mujeres es que es ilegal, y que ese derecho que aquí esta coartado en gran medida se vería muy limitado, diría que inexistente", sostuvo Matos López.

Vaello se argumentará ante los jueces del Supremo el 9 de noviembre, mientras que la cita en el caso Dobson es el 1 de diciembre.

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