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Ex esposo, empleado del FBI, la vigilaba con equipo de su empleo durante matrimonio

04 de enero de 2018
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Descarga el documento: Gordo González v. United States of America 

La mujer demandó al Gobierno federal alegando que no lo supervisaron adecuadamente.

Aida Gordo González descubrió durante su matrimonio con un empleado del Buró Federal de Investigaciones (FBI, por sus siglas en inglés) que éste utilizaba Global Positioning System (GPS) y cámaras para monitorear dónde estaba y sus actividades.

Al enterarse de ello le pidió el divorcio.

Luego, Gordo González demandó al Gobierno de los Estados Unidos alegando que el FBI fue negligente al permitir que éste utilizase impropiamente su equipo, y que responda por los daños que experimentó a raíz de las acciones de su ex esposo. Gordo González entabló la demanda bajo el Ley de Reclamaciones Torticeras Federales (FTCA, por sus siglas en inglés).

De ordinario, el Gobierno de los Estados Unidos está exento de ser demandado con contadas excepciones, una de ellas, cuando se demanda por daños bajo el FTCA. No es que una persona puede demandar siempre al Gobierno federal bajo esta ley, sino que se considera que los Estados Unidos, en casos aplicables, ha consentido a ser demandado o renunciado a su inmunidad soberana.

El Gobierno solicitó la desestimación de la demanda argumentando que les cobijaba la inmunidad soberana, a pesar de que se entabló la demanda bajo el FTCA. Según alegan, el Gobierno de los Estados Unidos no ha consentido ni renunciado a su inmunidad soberana porque les aplica la exención de la "función discrecional". Es decir, alegan que la conducta del infractor respondía a una función discrecional del mismo, y no era una acción dirigida a adelantar la política pública del Gobierno.

En este caso, se alega que los supervisores del ex esposo fallaron en su deber de supervisarlo. Sin embargo, el Primer Circuito señala que la demandante no apuntó a ninguna ley particular que obligue al FBI a supervisar al empleado ni la manera en que debían hacerlo.

Adicional a eso, el Tribunal determinó que el andamiaje interno del FBI es uno diseñado para que aplique la exención de la "función discrecional" y que el trabajo de supervisar es flexible, sujeto al tipo de trabajo que se realiza, sensitivo a las consideraciones de política pública, y sujeto a la discreción de cada agencia gubernamental.

El Tribunal federal para el Distrito de Puerto Rico desestimó la demanda, y el Primer Circuito confirmó la desestimación.

Para el Primer Circuito, bastaba que la demandante alegase adecuadamente que la conducta de los supervisores no respondía a una función discrecional para sobrepasar esta etapa del litigio.

por el Lcdo. Cristian González

 

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