» Ir al portal nuevo de Microjuris OK
Descarga el documento: US v. Guzman-Fernandez
Javier E. Guzmán Fernández se declaró culpable de proveer información sobre seguridad de Kmart. Guzmán Fernández cedió a los asaltantes información sobre la identidad del guardia de seguridad y planos del local. En dos robos, los asaltantes se llevaron más de $50,000.00. El Primer Circuito sostuvo que la sentencia impuesta por el juez José A. Fuste no fue aumentada irrazonablemente.
Javier E. Guzmán Fernández era supervisor en Kmart. Para diciembre del 2010, Guzmán Fernández proveyó información confidencial sobre la seguridad del Kmart a quienes fueron acusados como co-conspiradores del robo. Los asaltantes utilizaron los planos de la tienda e información sobre la identidad del guardia de seguridad que ofreció Guzmán Fernández.
Guzmán Fernández también preparó un lugar de escondite para otro de los asaltantes, quien se escondió dentro de la tienda hasta la hora de cierre. Los asaltantes perpetraron el robo a la tienda en la noche. Allí amarraron y lesionaron al guardia de seguridad.
A la mañana siguiente, llegaron a la tienda otros empleados, entre ellos, Guzmán Fernández. Los asaltantes amarraron a los empleados, mientras Guzmán Fernández fingía ser una víctima más y fungir como negociador entre ellos. Entre los dos robos, los asaltantes se llevaron más de $50,000.00. En ambas ocasiones utilizaron armas de fuego.
A Guzmán Fernández se le acusó de conspiración para cometer un robo en violación del la Ley Hobbs (robo o tentativa de robo que afecte el comercio interestatal). El acusado se declaró culpable.
Para imponer la pena, se tomó en consideración que en el robo se utilizó un arma de fuego, que se causó daño corporal a una víctima, que se robaron más de $50,000.00 y que el imputado abusó de una posición de confianza al facilitar significativamente el robo y/o su encubrimiento.
El acuerdo con fiscalía y el informe presentencia recomendaron una sentencia de entre 8 y 10 años. A pesar de ello, el juez José A. Fusté lo sentenció a más de 11 años de prisión. El juez Fuste tomó en consideración que el convicto actuó como un "insider" y como parte esencial de dos robos, donde se amarraron y golpearon a las víctimas.
El Tribunal de Apelaciones para el Primer Circuito determinó que el alza en la sentencia no fue procesal ni sustancialmente irrazonable. El Primer Circuito halló que no fue procesalmente irrazonable porque el juez satisfizo el requisito de fundamentar adecuadamente sus razones para una sentencia más alta. Halló que no hubo error sustancial porque la variación fue leve, apropiada y justificada.
Reseña por el Lcdo. Cristian González