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La Comisión de lo Jurídico, presidida por la representante María Milagros Charbonier, inició esta semana el análisis del Proyecto de la Cámara 2069 con el objetivo de establecer las «Guías para la protección de la Libertad Religiosa», a fin de clarificar ciertos principios de libertad religiosa, fundamentados en los parámetros constitucionales y estatutarios, tanto federales como locales aplicables a Puerto Rico.
Al inicio de los trabajos, la representante Charbonier Laureano señaló que su posición inicial había sido no llevar a cabo una vista pública ya que contaba con memoriales con suficiente información para rendir un informe, pero que en vista a que solicitaron reiteradamente la vista pública a la Comisión, optó por hacerla. Añadió además que tanto ese proyecto como el Proyecto de la Cámara 2068 de terapias reparativas, los han estado conversando ampliamente con el Gobernador.
La exposición de motivos de la pieza de administración indica que este nuevo estatuto no podrá ser interpretado con la finalidad de discriminar en la prestación de servicios por parte del estado. El estado tiene la obligación de siempre prestar sus servicios públicos a todos sus ciudadanos, sin discriminar por raza, religión, sexo u orientación sexual e identidad de género. Se puntualizó en la pieza que por la función preventiva de este estatuto, ante situaciones conflictivas futuras previsibles, tanto los empleados como los patronos del sector público deberán buscar acomodos razonables, previo a que surjan situaciones conflictivas, evitando a los ciudadanos, que requieran servicios públicos, vejámenes, vergüenza y pérdidas de tiempo.
A la vista pública compareció la Lcda. Mairís Cassagnol Cornier, secretaria auxiliar de Asesoramiento del Departamento de Justicia, quien indicó que la agencia favorece la pieza legislativa ya que recoge en todas sus partes mecanismos que han sido validados por el ordenamiento jurídico actual. Según su parecer, la pieza legislativa propuesta no hace alusión a ninguna creencia religiosa en particular y por ello cumple con el requisito de neutralidad exigido por la cláusula de establecimiento federal y su homólogo estatal.
Mientras que el sacerdote católico y Lcdo. Carlos Pérez Toro favoreció la pieza entendiendo que la misma clarifica que ningún reclamo de libertad religiosa puede afectar la prestación de servicios a los ciudadanos, ya que a su entender, supera las protecciones de los estatutos federales cuando el reclamo de libertad religiosa pueda afectar a terceros. El sacerdote enfatizó que uno de los logros de este proyecto es que todas las ramas gubernamentales tendrán que atemperar sus protocolos y reglamentos a los parámetros legales de la libertad religiosa en Puerto Rico, a la vez que recomendó que se enmiende la pieza para cambiar el concepto de "libertad de culto" por "libertad religiosa" para aclarar que de lo que se trata es la actuación del empleado en todas las esferas personales de acuerdo con su conciencia.
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Por su parte el Lcdo. Juan Gaud, al apoyar la medida, señaló que por ley y jurisprudencia la identidad de las personas está protegida en su lugar de trabajo, e indicó que las creencias religiosas de las personas en sus lugares de trabajo, negocios y en su quehacer público son parte de su identidad, por tanto son parte de su identidad laboral, así que cuando dicha identidad se vea afectada en su lugar de trabajo, en los casos que fuere necesarios, debe proveérsele a la persona un acomodo razonable de modo que su identidad no sea violentada.
A renglón seguido, el presidente de Puerto Rico por la Familia, el Reverendo René Pereira, manifestó que ante los casos que se han estado dilucidando en los Estados Unidos donde personas han sido demandadas y perseguidas por negarse a realizar ciertas acciones por motivos de su fe y sus principios religiosos, este tipo de legislación que ya existe a nivel federal debe existir igualmente a nivel estatal.
Por otro lado, la Lcda. Mayté Bayolo, abogada de política pública y asuntos legislativos de la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles (ACLU), opinó en una ponencia sometida que la medida, en nada aporta a promover y proteger los derechos, ni la libertad de culto, por el contrario, lo que hace es promover el discrimen, abuso y la violación de otros derechos humanos fundamentales, no promueve una sociedad justa y equitativa a la cual todos aspiramos y queremos trabajar en esa dirección, y no debe caer en la tentación de quienes so pena de religión imponen sus conceptos de moralidad y creencias al resto de la población.
A su vez, el Comité Amplio para la Búsqueda de la Equidad (CABE) representado por Osvaldo Burgos, y Amarilis Pagán, directora ejecutiva de MATRIA, calificó en ponencia sometida que este proyecto era uno inherentemente discriminatorio y que atenta contra los derechos de las personas en situación de vulnerabilidad, y que a su juicio, el verdadero consenso debiese ser uno dirigido hacia la equidad y la eliminación de toda forma de discriminación, y no hacia la aprobación de este proyecto de ley.
Añadieron que la medida es parte de un esquema concertado entre un segmento del sector religioso fundamentalista de derecha e integrante de la clase política para imponer al país sus creencias religiosas particulares a través de legislación, y que este proyecto podría considerarse parte de las estrategias utilizadas por grupos de odio en los Estados Unidos y ahora en Puerto Rico.