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La Ley Núm. 93-2026, originada por el P. del S. 389, aprobada el 24 de mayo de 2026 y de vigencia "el 1 de julio de 2026 y sus disposiciones serán de aplicación a transacciones y obligaciones que ocurran después de esa fecha", enmienda el apartado (a)(3)(L) inciso (iii) de la Sección 1031.02 de la Ley 1-2011, conocida como "Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico", para incluir entre las obligaciones exentas de contribución aquellas emitidas por el Patronato de Monumentos de San Juan, una entidad sin fines de lucro cuyos fondos serán utilizados en la restauración y mantenimiento de la Catedral de San Juan.
La medida dispone que los intereses sobre determinadas obligaciones emitidas por entidades enumeradas en la Sección 1031.02 estarán exentos de contribución. La enmienda añade al Patronato de Monumentos de San Juan dentro de las entidades cubiertas por dicha exención contributiva.
La Exposición de Motivos indica que la Catedral Metropolitana Basílica de San Juan Bautista enfrenta deterioro estructural y daños ocasionados, entre otros factores, por el paso del tiempo y eventos atmosféricos. También expone que el proyecto de conservación ha dependido de donaciones y esfuerzos de distintos sectores, y que la medida establece un mecanismo de financiamiento relacionado con la restauración y mantenimiento de la Catedral de San Juan.