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En una votación unánime, el Senado de Puerto Rico aprobó enmiendas de ley para establecer que toda persona elegible para los servicios del Programa de Educación Especial del Departamento de Educación se considere «menor» hasta los 21 años.
El Proyecto del Senado 148 enmienda la Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores, ya que actualmente el estatuto solo protege expresamente a los menores hasta la edad de 18 años, sin hacer reconocimiento específico de las protecciones legales especiales que pudieran necesitar los menores con diversidad funcional entre los 18 y los 21 años de edad, inclusive, ante los escenarios de maltrato y peligro.
La medida afirma que, de esta forma, se extienden derechos, protecciones y cuidados de ley a toda persona o estudiante elegible, armonizando así el ordenamiento legal y garantizando la igual protección de las leyes a las personas con diversidad funcional que todavía se encuentran en su proceso educativo formal.
La Ley de Servicios Educativos Integrales para Personas con Impedimentos define «personas con impedimentos» como todos aquellos infantes, niños, jóvenes y adultos hasta los 21años de edad, inclusive, a quienes se les haya diagnosticado una o varias de las siguientes condiciones: retardación mental, problemas de audición (incluyendo sordera), problemas del habla o lenguaje, problemas de visión (incluyendo ceguera), disturbios emocionales severos, problemas ortopédicos, autismo, sordo-ciego, daño cerebral por trauma, problemas específicos de aprendizaje, impedimentos múltiples, retraso en el desarrollo (para los infantes desde el nacimiento hasta los dos años) y otras condiciones de salud.
La idea es proteger a las personas que con diversidad funcional que requieran educación especial y servicios relacionados.
En virtud de la ley, se instituyó un proceso de identificación, localización, registro y evaluación multidisciplinaria para atender la población con diversidad funcional o con posibles impedimentos, dentro o fuera de la escuela, desde el nacimiento hasta los 21 años de edad.
El proyecto de ley, de la autoría de la senadoras María de Lourdes Santiago, Migdalia González Arroyo y el senador Ramón Ruiz Nieves, pasa ahora a la consideración de la Cámara de Representantes.
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