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Leyes de Puerto Rico | amnistía , Departamento de Transportación y Obras Públicas , Departamento del Trabajo y Recursos Humanos , Transportación
Descargar documento: Vehículos y Tránsito, Ley de; Enmiendas
El gobernador Alejandro García Padilla firmó en ley el sustitutivo de los proyectos del Senado 1363 y 1364, así como al Proyecto de la Cámara 2748 para establecer una amnistía por infracciones de tránsito, incluyendo intereses y recargos. La amnistía estará vigente por un periodo de 90 días una vez esté vigente el reglamento que debe preparar el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) tras la firma del Gobernador.
Con esta nueva ley, los conductores tendrán derecho a un descuento de 60 por ciento del monto adeudado, incluyendo los intereses, recargos y penalidades impuestas en la licencia de conducir.
Por otro lado, el proyecto establece varias enmiendas a la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico. Entre ellas está que todo infractor que pague el boleto de tránsito dentro de 30 días, a partir de la fecha de su expedición, tendrá derecho a un descuento de 30 por ciento del monto total. De no pagarse la infracción dentro de dicho término tendrán un recargo de $5 y si se excede de los 60 días deberá pagar $20 adicionales.
Asimismo, la ley ahora dispone que se revoque permanentemente la licencia de conducir a toda persona que acumule la cantidad de $500 en multas de tránsito expedidas a su licencia de conducir y crea un sistema de notificación anual de balances de multas al conductor con un plan de pagos además de presentar los términos y condiciones de este procedimiento.