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NOTICIAS | Arte Cultura y Entretenimiento , Código Civil , copyright , Ley de Derechos Morales de Autor de Puerto Rico , NOTICIAS , Propiedad Intelectual
La firma este mes de la Ley 55 de 2012 crea la nueva Ley de Derechos Morales de Autor de Puerto Rico. Esta nueva ley deroga la Ley Núm. 96 de 15 de julio de 1988, según enmendada.
La ley extiende la protección de las obras a 70 años después de la muerte del autor o hasta que la obra entre en el dominio público, como lo establecen las leyes federales que rigen los derechos de autor, lo que ocurra primero. En esta se protege la creación original literaria, musical, visual (plástica o gráfica) dramática o de las artes interpretativas así como de cualquier otro tipo de las que se producen
Los objetivos principales de esta ley son:
La ley incluye varios aspectos importantes, como lo son una definición detallada de los derechos morales, el carácter de publicidad del Registro y la alternativa de optar por daños estatutarios. Por último, queda clara la no transferibilidad de estos derechos y se establece que, aunque en esencia no son renunciables, existen circunstancias en las cuales, el autor en última instancia debe ser quien pueda tomar la decisión sobre cuándo y hasta qué punto hacerlos valer en los acuerdos que así convenga establecer.