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[LEY] Enmiendas para agilizar la adopción en Puerto Rico

29 de diciembre de 2020
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Poco antes de culminar con su mandato como gobernadora, Wanda Vázquez Garced convirtió en ley el Proyecto de la Cámara 2430 para facilitar las reuniones del Panel de Selección de Candidatos y para que el Departamento de la Familia y el Departamento de Salud diseñen, produzcan y distribuyan el rótulo para identificar a las instituciones de servicios de salud y organizaciones sin fines de lucro como centros de entrega voluntaria de infantes para adopción.

Descarga la enmienda

La medida que se convirtió en la Ley 156-2020 también define el término para que el Panel de Selección de Candidatos se reúna.

La misma fue aprobada en Cámara y Senado de manera unánime y establece también que habrá un representante de la Rama Judicial al panel de adopción, además de un representante del Colegio de Profesionales del Trabajo Social de Puerto Rico y un representante del Departamento de Justicia.

Descarga la Ley 156-2020

«Esta ley promueve agilizar los procesos de adopción e integrar profesionales, organizaciones, individuos y agencias gubernamentales enfocados en mejorar la calidad de niños y jóvenes que esperan ser adoptados», manifestó la gobernadora sobre la medida presentada por la representante Jacqueline Rodríguez Hernández.

Los detalles de la medida

La medida dispone que el Departamento de la Familia convocará públicamente cada seis meses a todas las organizaciones que promuevan la adopción de menores para discutir los esfuerzos del departamento sobre las adopciones, estudiar y proponer enmiendas a las leyes relacionadas con la adopción, promover esfuerzos integrados para agilizar la adopción de menores y cualquier otro asunto relacionado.

El Departamento de la Familia cuenta con un registro electrónico denominado Registro Estatal Voluntario de Adopción de Puerto Rico, en el que se incluyen todos los nombres de los menores cuyo plan de permanencia es la adopción y el de las partes adoptantes con información actualizada y precisa para identificarles.

Luego de que una persona haya ingresado al registro, no tendrá que actualizar los documentos sometidos y aceptados originalmente por el Departamento de la Familia, hasta que el Panel de Selección de Candidatos comience la evaluación de su solicitud dirigida a establecer una colocación.

Las reuniones ordinarias del panel serán cada dos semanas y de ser necesario podrá convocar reuniones extraordinarias. Estas reuniones se podrán celebrar físicamente o por videoconferencia a través de cualquier medio tecnológico.

La medida fue incluida por la gobernadora en la pasada sesión extraordinaria, luego de que en el simposio Adopción: Regalo de Amor, un grupo de peritos solicitaron la medida.

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