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NOTICIAS | Jensen Medina Cardona , Judicial , Litigación , NOTICIAS , Penal y Corrección , Poder Judicial de Puerto Rico , Procesal , Ramos v. Louisiana
La Fiscalía en el caso de Jensen Medina Cardona se opuso a que el acusado pueda dar vuelta atrás a su renuncia a un juicio por jurado.
Las expresiones de la fiscalía surgen luego que Medina Cardona planteó que renunció a un juicio por jurado sin saber que más tarde el Tribunal Supremo de Puerto Rico establecería que para que un jurado encuentre culpable a una persona acusada, se requiere un veredicto unánime.
La defensa del acusado sostiene que el desconocimiento del acusado vició de nulidad la renuncia y afectó su derecho a un juicio imparcial, lo que en su día pudiera conllevar a la revocación automática de la sentencia impuesta.
Sin embargo, fiscalía sostiene que no procede el reclamo del acusado porque resulta altamente especulativo el alegado efecto perjudicial que le ocasionó.
«El acusado ejerció su derecho a renunciar al jurado de forma inteligente voluntaria y con conocimiento, conforme al estado de derecho vigente en ese momento, y este no posee un derecho absoluto a restituir el derecho renunciado, máxime cuando dicho pedido lo realiza luego de iniciado el juicio, trastoca la administración de la justicia y está amparado en un manto de meras especulaciones», explica fiscalía.
Además de oponerse, la fiscalía le solicitó al tribunal que ordene la continuación del juicio, conforme al calendario estipulado.
El acusado renunció a un juicio por jurado el 13 de enero de 2020. El Tribunal Supremo de Puerto Rico resolvió a principios de mayo que los juicios por jurado requieren un veredicto unánime para declarar la culpabilidad de una persona acusada.
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