» Ir al portal nuevo de Microjuris OK
Descarga el documento: Ley Núm. 21 de 2019 (PS 1147)
El gobernador Ricardo Rosselló Nevares firmó esta semana el Proyecto del Senado 1147, el cual establece el marco regulatorio para el desarrollo de las Zonas de Oportunidad en cumplimiento con la Reforma Contributiva federal del 2017.
Las Zonas de Oportunidad creadas por legislación federal proveen beneficios contributivos a comunidades de bajos ingresos para así lograr su desarrollo económico. Puerto Rico, así como múltiples jurisdicciones en Estados Unidos, debe cumplir con ciertos parámetros poblacionales y económicos para poder obtener los numerosos e importantes beneficios que provee la ley federal.
El Gobernador expresó que con la Ley para el Desarrollo de Zonas de Oportunidad, Puerto Rico podrá convertirse en el mejor lugar en EEUU para invertir ya que promoverá inversión millonaria y la creación de miles de empleos, pues esta medida, sobre todo, tendrá un impacto trascendental en la recuperación de la Isla tras el embate del huracán María.
Rosselló Nevares agregó que no solamente se adelanta hacia una sociedad más justa, sino que se provee acceso a capital en diferentes áreas que permitirán que Puerto Rico sea aún más competitivo. Se estima que esta ley generará sobre $600 millones en inversiones de capital y catapulte las zonas más vulnerables a una situación económica más justa y favorable.
¿Aún no estás suscrito a Microjuris? Házlo aquí. ¿Necesitas cumplir con tus créditos de Educación Jurídica Continua? Házlo en nuestra sección de cursos en línea.
Según el nuevo estatuto, bajo la modalidad de Zonas de Oportunidad, inversionistas pueden diferir la tributación de ganancias de capital por razón de la venta de un activo, llevada a cabo antes del 1 de enero de 2027, si invierten una cantidad igual a la ganancia realizada en un Fondo de Oportunidad Cualificado. En general, una Zona de Oportunidad debe tener un censo poblacional dentro del estado que cualifique como una comunidad de bajos ingresos, según definido en la Sección 45D(e) del Código de Rentas Internas Federal.
Para poder cualificar como comunidad de bajos ingresos, el censo poblacional correspondiente no puede tener un nivel de pobreza de menos de 20 por ciento, ni tampoco un ingreso familiar promedio que exceda del 80 por ciento del ingreso promedio estatal o de área metropolitana, dependiendo de la localización del censo poblacional. Como resultado de los esfuerzos del Gobierno local en Washington, DC, el 97 por ciento de la Isla fue designado como una Zona de Oportunidad, para abarcar todas las comunidades de bajos ingresos de Puerto Rico, lo que hace más atractiva a la Isla en el campo de inversiones. Para lograr el desarrollo económico que provee esta medida, la misma propone un marco de incentivo por un periodo de 15 años.
Algunas de las particularidades de esta ley incluyen una contribución de 18.5 por ciento sobre el ingreso neto de un negocio exento; la exención en la tributación de dividendos; un 25 por ciento de exención de patentes y contribuciones sobre la propiedad; y un 25 por ciento de exención de arbitrios de construcción.
La media también incluye un crédito transferible por inversión máximo de 25 por ciento; un sistema de prioridad de créditos para proyectos prioritarios en Zonas de Oportunidad; y el diferimiento de la tributación de ganancias de capital para ganancias invertidas en un fondo de oportunidad cualificado en la Isla bajo normas similares a las aprobadas en la legislación federal.
Asimismo, se destacan una exención contributiva para intereses devengados en préstamos a negocios exentos; y un procedimiento ágil para la evaluación y expedición de permisos para negocios exentos y proyectos acordados en un contrato de alianza de conformidad con la Ley 29-2019, según enmendada.
El principal oficial de inversión del Gobierno, Gerardo Portela Franco, elogió la aprobación de esta medida y destacó que Puerto Rico, a diferencia de otras jurisdicciones, y expresó que la misma cuenta con un marco regulatorio excepcional que facilita y promueve la inversión de capital en comunidades de bajos ingresos.
Portela Franco informó además que Puerto Rico es un territorio americano que cuenta con una población mayormente bilingüe y altamente cualificada para empleos en diversas industrias y áreas económicas, por lo que esta ley facilita el acceso de los ciudadanos a estas importantes áreas.
Por su parte, el gobernador agradeció a la Asamblea Legislativa por la pronta aprobación de esta medida de administración, y agradeció la participación y el apoyo tanto del Tesoro federal como del Departamento de la Vivienda.
La firma de esta medida se llevó a cabo durante la Primera Cumbre de Zonas de Oportunidad en el Centro de Convenciones de Puerto Rico, la cual contó con la participación de cientos de inversionistas locales, nacionales e internacionales, quienes participaron de foros sobre proyectos de inversión y el acceso a estos. Entre los panelistas participantes de la cumbre figuraron el primer ejecutivo; el principal oficial ejecutivo de Invest Puerto Rico, Rodrick Miller; así como el secretario del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio y director ejecutivo de la Compañía de Desarrollo Industrial de Puerto Rico (PRIDCO, por sus siglas en inglés), Manuel Laboy Rivera.
El evento también contó con la participación de los asesores del secretario del Tesoro federal, Daniel Kowalski y Brad Wandt; la administradora regional del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano federal, Denise Cleveland; el director ejecutivo de la Oficina de Recuperación, Reconstrucción y Resiliencia de Puerto Rico, Omar Marrero; el principal oficial de inversiones del Gobierno, Gerardo Portela Franco; así como con varios banqueros y otros expertos en leyes contributivas e inversiones.