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El gobernador Ricardo Rosselló Nevares firmó una orden ejecutiva que establece un plan de acción integrado entre las agencias del Gobierno y agencias instrumentales con el fin de prevenir la violencia contra las mujeres en sus diversas manifestaciones.
El plan de acción conlleva esfuerzos entre el Departamento de Seguridad Pública (DSP), la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM), el Departamento de la Familia, el Departamento de Corrección y el Concilio de las Mujeres, entre otras agencias.
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Entre las iniciativas, se ordena al secretario del DSP la creación y el establecimiento de un protocolo dentro del Negociado de la Policía de Puerto Rico (NPPR) para remitir las órdenes de protección a las áreas policiacas concernientes y que se establezca un sistema de rutas de patrullaje preventivo a las residencias y lugares de trabajo de las víctimas protegidas por dichas órdenes.
Se ordena al DSP, además, la creación y el establecimiento de una división especializada para la intervención de casos de violencia de género, adscrito al NPPR. La división atenderá la investigación y el procesamiento de delitos de agresión sexual, violencia doméstica y secuestros perpetrados contra mujeres.
Además, la división recopilará, publicará y analizará las estadísticas relacionadas con estos delitos para cada año natural; y proveerá educación continua y apoyo, según sea requerido, a los demás programas dentro del Negociado.
Por otra parte, se encomienda a la procuradora de la OPM y al Departamento de Salud a que establezcan una alianza con la Escuela Graduada de Salud Pública de la Universidad de Puerto Rico y organizaciones no gubernamentales —que provean atención a mujeres en casos de violencia de género— a preparar una campaña conjunta de concienciación masiva sobre la violencia de género, sus causas y consecuencias.
También se exhorta a la procuradora de la OPM que diseñe y distribuya un instrumento gráfico para explicar el manejo de solicitudes de órdenes de protección o de incidentes de violencia doméstica, desde el momento en que se genere hasta su conclusión.
El instrumento debe estar disponible para todos los componentes que atienden a las víctimas sobrevivientes de violencia e incluir las obligaciones relativas a la protección, la intervención, los arrestos, los referidos y la redacción de informes. El mismo se entregará a las sobrevivientes para que puedan evaluar el proceso y reclamar sus derechos.
Asimismo, se ordena a la directora ejecutiva de la Administración de Servicios de Salud Mental y contra la Adicción a establecer un programa piloto que atienda a personas agresoras con problemas de adicción a drogas, alcohol o sustancias controladas, que hayan confrontado situaciones por violencia doméstica.
Por otra parte, se encomienda a la secretaria del Departamento de la Familia a establecer mediante acuerdo colaborativo —junto a organizaciones no gubernamentales que brindan servicios de emergencia, apoyo y orientación a víctimas sobrevivientes de violencia— un programa de colaboración y apoyo para agentes del orden público, mediante el cual se adiestre personal del DSP para brindar orientación al personal en temas relacionados al manejo de estresores, sana convivencia, comunicación efectiva, equidad y respeto, y prevención de maltrato en las relaciones de pareja.
También se ordena al secretario del Departamento de Corrección y Rehabilitación a extender sus servicios de aviso a víctimas de violencia doméstica y agresión sexual durante los siete días de la semana, a fin de ampliar la protección necesaria a víctimas y testigos.
Por otro lado, se ordena a la secretaria del Departamento de Justicia diseñar y establecer un sistema de recopilación de estadísticas de todas las agencias y ramas de gobierno pertinentes para crear un registro oficial de estadísticas relacionadas a agresión sexual y violencia doméstica; una vez creado, el registro deberá formar parte del Registro Criminal Integral.
Se exhorta al Concilio de Mujeres, además, coordinar una serie de conversatorios con mujeres de diferentes sectores de la sociedad con el propósito de recopilar recomendaciones para la prevención de las diversas manifestaciones de violencia contra las mujeres.
Otra de las iniciativas de la orden ejecutiva encomienda a la OPM y al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos establecer acuerdos colaborativos con las agencias y agencias instrumentales del Gobierno para fortalecer la fiscalización de elaborar e implantar protocolos para manejar situaciones de violencia doméstica.
La Organización Mundial de la Salud concluyó que la violencia contra la mujer —especialmente la ejercida por su pareja— y la violencia sexual constituyen un grave problema de salud pública, así como una violación de los derechos humanos de las mujeres.
Datos publicados por dicha entidad revelan que aproximadamente una de cada tres mujeres en el mundo ha sufrido violencia física o sexual por parte de su pareja o violencia sexual por terceros en algún momento de su vida.
Las agencias y agencias instrumentales con responsabilidades bajo esta orden ejecutiva deberán presentar un informe cada 60 días al secretario de la Gobernación sobre su estatus de cumplimiento.