» Ir al portal nuevo de Microjuris    OK

Gobernador veta el proyecto que incluía personas aguacilas como empleados de alto riesgo en Retiro

29 de abril de 2022
COMPARTIR

En una comunicación a los presidentes legislativos, el gobernador Pedro Pierluisi informó que vetó los Proyectos de la Cámara 504 y 1025.

En torno al Proyecto de la Cámara 504, incluía a los alguaciles de la Rama Judicial como empleados de alto riesgo en la Ley del Sistema de Retiro de Empleados del Gobierno. El gobernador indicó que, aunque favorece que se les reconozca como empleados de alto riesgo, la medida va en contra del Plan de Ajuste de la Deuda (PAD) aprobado por la Asamblea Legislativa y avalada en el Tribunal Federal. Sin embargo, impartió instrucciones a los directores ejecutivos de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF) y de la Junta de Retiro del Gobierno, Omar Marrero y Luis Collazo Rodríguez, respectivamente, a ejecutar todas aquellas acciones administrativas necesarias que viabilicen alternativas, desde el marco jurídico antes señalado, que sean de beneficio para estos funcionarios públicos.

Nota de la editora: ¿quieres estar al día con lo que sucede en la legislatura? Te invitamos a registrarte en nuestro boletín.

"Ellos y ellas definitivamente ponen en riesgo sus vidas al servicio del pueblo de Puerto Rico y ese sacrificio debe ser debidamente recompensado", acotó Pierluisi en la carta.

En lo que respecta al Proyecto de la Cámara 1025, el gobernador les indicó que tal y como le llegó la medida para su consideración, la misma representa un menoscabo de las obligaciones contractuales de todos los aseguradores, sus agentes generales, representantes autorizados, entre otros, que suscribieron pólizas de seguros de propiedad en Puerto Rico vigentes antes de la aprobación de la medida, y quienes finiquitaron la reclamación mediante pago.

La medida vetada hubiese enmendado el Código de Seguros a los efectos de que ninguna compañía de seguros pueda extinguir una obligación mediante la figura de pago en finiquito, sin antes proveer al asegurado una explicación detallada por escrito y oral, sobre el alcance y consecuencias de recibir tal pago, y aclara su efecto retroactivo en relación con las reclamaciones por los Huracanes Irma y María y por los terremotos de 2020.

El gobernador explicó en su misiva que la medida contiene lenguaje que podría violentar el Artículo II, Sección 7, de la Constitución de Puerto Rico que expresamente proscribe la aprobación de leyes que menoscaben las obligaciones contractuales y la Constitución de Estados Unidos. Además, pretende aplicar retroactivamente una legislación que altera el estado de derecho vigente.

"Es altamente preocupante que este proyecto pretenda establecer una nueva norma, mediante la aplicación retroactiva a ciertas reclamaciones relacionadas con estos eventos, cuando las mismas ya han sido adjudicadas en los foros correspondientes. Lo que dispone la medida atenta contra la certeza jurídica de miles de reclamaciones y pleitos ya resueltos, que sería en total contrasentido a la doctrina de cosa juzgada, según esta es aplicable en nuestra jurisdicción. Además, coloca a los aseguradores, así como a los propios reclamantes y asegurados en incertidumbre sobre los acuerdos finales y firmes sobre sus reclamaciones", expresó Pierluisi sobre la pieza legislativa que no contó con el aval de la Oficina del Comisionado de Seguros.

Powered by Microjuris.com