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Gobernadora declara emergencia por influenza y activa medidas extraordinarias de contratación

28 de enero de 2026
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Mediante la Orden Ejecutiva OE-2026-005, promulgada el 27 de enero de 2026, la Gobernadora de Puerto Rico, Jenniffer González Colón, declaró un estado de emergencia en todo el territorio de la Isla ante el aumento sostenido de casos, hospitalizaciones y muertes asociadas al virus de la influenza. La declaración responde a una determinación previa del Departamento de Salud, que clasificó la situación como una epidemia conforme a su autoridad bajo la Ley Núm. 81 de 14 de marzo de 1912, conocida como Ley Orgánica del Departamento de Salud.

La Orden delega en el Secretario del Departamento de Salud la responsabilidad principal de coordinar y ejecutar los esfuerzos del Gobierno de Puerto Rico para atender la emergencia sanitaria.

Exención de permisos y procesos administrativos

Durante el periodo de vigencia de la Orden Ejecutiva, se exime al Departamento de Salud y a cualquier otra agencia gubernamental que participe en la atención de la emergencia de la obligación de gestionar, radicar o cumplir con permisos, endosos, certificaciones o trámites ante otras agencias.

Esta exención incluye expresamente los permisos requeridos por la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe), el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, el Instituto de Cultura Puertorriqueña (ICP) y la Oficina Estatal de Conservación Histórica (SHPO). No se limita a los requisitos ordinarios, sino que se extiende a todas las normas que regulan dichas solicitudes.

Contrataciones y compras sin subasta

La Orden autoriza la realización inmediata de compras, servicios y contrataciones necesarios para atender la emergencia, sin necesidad de procesos de subasta ni trámites administrativos ordinarios. Esta facultad aplica tanto a nivel estatal como municipal, y se extiende a toda entidad que participe en la respuesta gubernamental a la emergencia.

Presupuesto especial y estimado de fondos

El Secretario del Departamento de Salud deberá preparar un informe detallado con los gastos incurridos y un estimado de los costos proyectados para atender la emergencia. Este informe será presentado a la Gobernadora, al Director de la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), al Secretario de Hacienda y al Director Ejecutivo de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (AAFAF).

Asimismo, se autoriza la creación de un presupuesto especial para sufragar estos gastos, incluyendo la Reserva de Emergencia, con cargo a fondos estatales y federales disponibles.

Disposiciones adicionales

La Orden incluye una cláusula de derogación de órdenes ejecutivas incompatibles, define el término "agencia" para incluir todas las entidades de la Rama Ejecutiva, y aclara que no crea derechos sustantivos ni procesales exigibles por terceros contra el Gobierno de Puerto Rico. También establece una cláusula de separabilidad y dispone su publicación en el Departamento de Estado.

La Orden Ejecutiva entró en vigor inmediatamente tras su promulgación.

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