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La gobernadora Wanda Vázquez Garced firmó la nueva Ley 68-2020 que enmienda la Ley para el uso de la Telemedicina en Puerto Rico para incluir profesionales de la salud que podrán ofrecer sus servicios a distancia y promulgar disposiciones especiales que se ajusten a la emergencia de salud pública del COVID-19.
La medida de administración enmienda la Ley 169-2016 para ampliar una gama de profesionales de la salud que puedan ofrecer servicios de telesalud, manteniendo las medidas profilácticas y el distanciamiento social para evitar la propagación del COVID-19.
Los profesionales de la salud que ahora podrán ofrecer sus servicios son las y los audiólogos, optómetras y ópticos, médicos veterinarios, podiatras, doctores en naturopatía, naturópatas, dentistas, educadores en salud, farmacéuticos, nutricionistas, quiroprácticos y aquellas categorías de enfermería dentro de la Ley 254 de 2015, mejor conocida como la Ley para regular la práctica de la enfermería en Puerto Rico.
Conoce las enmiendas a la Ley de Telemedicina: Proyecto del Senado 1586-Ley682020
La telemedicina es la práctica de la medicina que utiliza la tecnología para brindar atención a distancia.
Un médico en un lugar utiliza una infraestructura de telecomunicaciones para brindar atención a un paciente en un sitio distante.
Telehealth o telesalud se refiere en términos generales a las tecnologías y servicios electrónicos y de telecomunicaciones utilizados para proporcionar atención y servicios a distancia.
La telesalud es diferente de la telemedicina en la medida en que se refiere a un alcance más amplio de los servicios de atención médica remota que la telemedicina. La telemedicina se refiere específicamente a los servicios clínicos remotos, mientras que la telesalud puede referirse a servicios remotos no clínicos.
La medida explica que la telemedicina como tal, la pueden practicar médicos, sin embargo, hay un sinnúmero de profesionales de la salud que no son necesariamente médicos, como por ejemplo terapistas del habla y lenguaje, patólogos del habla y lenguaje, audiólogos, optómetras y ópticos, médicos veterinarios, podiatras, doctores en naturopatía, naturópatas, dentistas, educadores en salud, farmacéuticos, nutricionistas, quiroprácticos y enfermeras.
En el caso de la práctica de la fisioterapia, terapia ocupacional, terapia del habla-lenguaje, psicología, consejería, trabajo social, consejería en rehabilitación y terapia educativa recientemente se firmó la Ley 48-2020, mejor conocida como la Ley para Regular la Ciberterapia en Puerto Rico, y provee una plataforma similar a lo que es la telemedicina.
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