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Golpe de Laura Taylor Swain a los bonistas de AEE

23 de marzo de 2023
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Por Daniel Rivera Vargas

La jueza federal Laura Taylor Swain, quien preside el caso de Título III de Puerto Rico, confirmó que la reclamación de los bonistas de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) no está asegurada, lo que significa que no gozan de ningún privilegio en pago por encima de los costos operaciones y el sistema de pensiones.

Descarga la determinación aquí 

«La AEE no se comprometió a pagar con cargo a los ingresos brutos o de forma  ilimitado a todos los ingresos, pero en su lugar se comprometió a pagar los Bonos con los Ingresos netos de  AEE en la forma y en la medida en que se especifique particularmente, en otras palabras, sujeto a todas las disposiciones de pago y limitaciones de responsabilidad contenidas en las secciones del Acuerdo de Fideicomiso», resolvió la jueza.

El litigio se centró en determinar si las reclamaciones de los bonistas se limitan al dinero que la AEE deposita en las cuentas establecidas en virtud del contrato del fideicomisario que rige la emisión de bonos.

 La jueza precisó en su orden que la AEE ha emitido $8.3 mil millones en bonos entre 1974 y 2016.

«Los bonistas han perfeccionado sus gravámenes en el Fondo de Amortización, en el Fondo de Autoseguro y en el Fondo de Mantenimiento de Reservas, sobre los cuales el fiduciario ha establecido control», reza la sentencia de 70 páginas, la cual también concluye que los bonistas tienen derecho sobre los activos o ingresos futuros de la corporación pública.

El Tribunal rechazó el argumento de los bonistas de que tienen una reclamación general no garantizada por el importe total del principal y los intereses. Limitó, de igual forma, la reclamación no garantizada a los ingresos netos futuros durante el resto de la vigencia de los bonos.

«El fallo del Tribunal confirma la postura de la Junta de Supervisión de que la garantía colateral de los bonistas se limita a tales fondos. A la Junta de Supervisión le complace además que el Tribunal haya rechazado el argumento de los bonistas de que tienen una reclamación general no garantizada por el importe total del principal y los intereses. El Tribunal limitó la reclamación no garantizada a los ingresos netos futuros durante el resto de la vigencia de los bonos. Para todos los efectos, la decisión del Tribunal es una victoria significativa para el pueblo de Puerto Rico y sus esfuerzos por lograr un sistema eléctrico fiable y el crecimiento económico», expresó la Junta de Supervisión Fiscal.

La JSF indicó que aún se encuentra evaluando todo el alcance de la decisión de la jueza.  La determinación fue en respuesta a una moción de sentencia sumaria de la junta, y hay unos extremos de lo solicitado por el ente fiscal que fueron denegados por la magistrada.

Los bonistas, como han hecho otros reclamantes insatisfechos por las decisiones de Swain en el pasado, podrían apelar la decisión ante el Tribunal de Apelaciones para el Primer Circuito en Boston.

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