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Hacienda aclara que ciertos cambios a planes de retiro no requieren recualificación

28 de agosto de 2025
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Cambios al tratamiento contributivo de enmiendas a planes de retiro

El Departamento de Hacienda de Puerto Rico publicó la Determinación Administrativa Núm. 25-03 ("DA 25-03") para orientar a patronos, fiduciarios y administradores de planes de retiro sobre cómo manejar ciertas enmiendas a sus planes, relacionadas con la ley federal SECURE Act 2.0.

El SECURE Act 2.0, aprobado por el Congreso de los Estados Unidos, introduce cambios para ampliar el acceso a planes de retiro y facilitar el ahorro para el retiro. Algunas de estas disposiciones son obligatorias y otras opcionales, pero muchas entran en vigor en 2024 y 2025.

Según Hacienda, si un plan de retiro en Puerto Rico adopta cambios para cumplir con esa ley federal, no tendrá que volver a someterse al proceso de cualificación, es decir, no tiene que solicitar nuevamente la llamada "Carta de Cualificación" del Departamento siempre que esos cambios estén dentro de lo permitido por las normas locales vigentes.

Audiencias impactadas por la DA 25-03

??? Patronos con planes de retiro cualificados
Empresas y organizaciones que ofrecen planes de retiro a sus empleados conforme al Código de Rentas Internas de Puerto Rico.

? Fiduciarios y administradores de planes
Responsables de la gestión técnica y cumplimiento de los planes, incluyendo su estructura, enmiendas y validación ante Hacienda.

?? Asesores legales y contributivos
Abogados, CPA, actuarios y consultores que asesoran sobre los requisitos legales y contributivos aplicables a planes de retiro.

? Instituciones financieras y aseguradoras
Entidades que administran fideicomisos, pólizas o contratos de anualidad relacionados a planes de retiro cualificados.

? Participantes de planes de retiro
Empleados que podrían beneficiarse de cambios como nuevas reglas de elegibilidad, edad de retiro o pareo por préstamos estudiantiles.

¿Qué cambios están cubiertos por esta determinación?

La Determinación señala que ciertos cambios hechos por los planes para alinearse con el SECURE Act 2.0 no se consideran cambios sustanciales bajo la normativa local. Entre ellos:

  • Permitir la participación de empleados a tiempo parcial a largo plazo, que trabajen al menos 500 horas por año durante dos años consecutivos (efectivo a partir de 2025).
  • Aumentar el límite para pagos automáticos de balances pequeños cuando un empleado se va del trabajo, pasando de $5,000 a $7,000 (efectivo desde 2024).
  • Cambiar la edad para comenzar a recibir distribuciones mínimas requeridas (RMD), de 72 a 73 años desde 2023 y luego a 75 años desde 2033.
  • Permitir aportaciones patronales basadas en pagos hechos por empleados a sus préstamos estudiantiles.

Hacienda aclara que estos cambios se consideran ajustes para incorporar normas federales futuras, y por tanto, no activan la obligación de volver a cualificar el plan.

¿Y si el plan incluye otros cambios?

Si además de incorporar cambios del SECURE Act 2.0 el plan de retiro incluye otras modificaciones, como cambios en la fórmula de beneficios, reglas de elegibilidad o cómo se pagan los beneficios, esas enmiendas sí deben evaluarse por separado. En esos casos, puede ser necesario solicitar una nueva Carta de Cualificación, dependiendo de su impacto.

Vigencia

Esta determinación aplica de forma inmediata y cubre planes de retiro cuyos años contributivos comienzan después del 29 de diciembre de 2022. Hacienda invita a los administradores de planes a revisar cuidadosamente cualquier cambio adoptado y, de tener dudas, comunicarse con la Sección de Planes de Pensiones del Departamento.

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