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Impacto de la propuesta de fianzas

10 de abril de 2025
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Por Daniel Rivera Vargas

Dos jueces y un profesor evaluaron la reciente propuesta de la gobernadora Jenniffer González para dar uniformidad en las fianzas en casos de ciertos delitos graves.

La gobernadora anunció la medida este fin de semana como parte de un paquete de proyectos dentro de la celebración de los primeros 100 días de su mandato.

Aunque en su comunicado de prensa lo describe como "Guías de Fianzas Mandatorias", en el Sistema Único de Trámite Legislativo se refleja el mismo como P. de la C. 519 para la «Ley de Fianza Segura» y busca establecer uniformidad para la imposición de fianzas en casos de delitos graves. Para hacerlo enmienda las Reglas 6.1, 218 y 228 de las Reglas de Procedimiento Criminal de 1963, y faculta a la Oficina de Administración de Tribunales para establecer programas de educación sobre las mismas.

Se afirma que esto se hace "salvaguardando los derechos constitucionales sobre la presunción de inocencia, la prohibición de fianzas excesivas y el debido proceso de ley".

Para el ex juez y profesor en la Escuela de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Ponce, Fernando Torres Ramírez, expresó preocupación con la medida.

En primera instancia, el ex juez recuerda que la fianza es un derecho constitucional de quedar libre estando pendiente un encausamiento criminal, y que esa fianza constitucionalmente debe ser una "razonable".

"Los forjadores de la constitución, distinto a Estados Unidos de Norteamérica, incorporaron ese requisito de que sea razonable y no excesiva", resaltó el catedrático auxiliar.

Al respecto, la Sección 11 del Artículo 2 de la Constitución de Puerto Rico dice: "Todo acusado tendrá derecho a quedar en libertad bajo fianza antes de mediar un fallo condenatorio. La detención preventiva antes del juicio no excederá de seis meses. Las fianzas y las multas no serán excesivas".

La Constitución puede enmendarse y en dos ocasiones gobernadores han propuesto enmendar ese derecho a la fianza y en ambas ocasiones las medidas, una propuesta por Pedro Rosselló y la otra por Luis Fortuño, del Partido Nuevo Progresista (PNP) como la gobernadora, no prosperaron en las urnas.

"Dentro de ese marco, me parece que es gráfico, que no solo los ‘framers’, los forjadores en la Asamblea Constituyente se expresaron sino que el pueblo dos veces se ha pronunciado en contra de cualquier proyecto que de manera alguna restrinja o imponga criterios a los jueces, que trastocan los valores constitucionales. Eso debe prender una luz roja", sostuvo el profesor.

"Me preocupa cualquier medida que de cualquier manera pretenda, uno, modificar el derecho constitucional y dos, restrinja la discreción de los magistrados o jueces", sostuvo.

Añadió que las reglas de procedimiento penal han sido enmendadas en el pasado, por lo que ya la discreción de los jueces cuenta con ciertos parámetros, que saben que deben por un lado garantizar los derechos constitucionales de los acusados y por el otro velar por los derechos de las víctimas cobijados en la Carta de Derechos para las Víctimas y Testigos de crimen.

De otra parte, la ex jueza Gricelle Lugo Santiago dijo que la medida busca responder una preocupación ciudadana, pero le exhortó "cautela" a la mandataria.

"Ciertamente existe una preocupación en la ciudadanía sobre la percepción en la justicia, hay disparidad en casos que parecen similares, pero estoy segura que los hechos son distintos y estoy segura que los tribunales los consideraron. Existe la jurisprudencia, las guías vigentes para que los tribunales tomen las fianzas correctas con los hechos probados, los imputados, y se garantice la comparecencia de esas personas a los procesos judiciales, que es lo que busca garantizar y es estirpe constitucional", sostuvo.

"Ella está atendiendo una preocupación ciudadana, y eso es legítimo. Es la gobernadora de todos los puertorriqueños, ella estudió derecho, es abogada, pero debe tener cautela, y que sea el justo balance. Y lo más injusto del mundo es tener un inocente preso porque no pudo pagar la fianza", afirmó la exjueza.

Añadió que la imposición de una fianza no es un trámite fácil, y que los jueces tienen que estar pendiente a numerosos indicadores, como los contactos de esa persona con la comunidad, si tiene familia en Puerto Rico, si es una persona que viaja con frecuencia, la naturaleza del delito imputado, y se deben tomar en cuenta las observaciones de la Oficina de Servicios con Antelación al Juicio.

A la preocupación que pueda haber que en sectores metropolitanos se imponen fianzas diferentes que en zonas rurales, la licenciada Lugo Santiago dijo que esa no fue su experiencia. Cuando tuvo la toga, contó que le tocó trabajar en lugares tan distintos como Orocovis, Aibonito, Coamo, Carolina y San juan, "y yo aplicaba siempre las mismas fianzas".

"Yo espero que dentro de lo que se vaya a proponer sea razonable, que lo que vaya a enmendar las reglas sea razonable y este a tono con la jurisprudencia. Ella tampoco quiere que un inocente preso".

También dijo que el proyecto de la gobernadora debe ser evaluado por la Asamblea Legislativa y que sectores ciudadanos, académicos y de la práctica jurídica se estarán expresando. Y si el proyecto finalmente no fuera aprobado, pero el Poder Judicial entiende que tiene algún mérito, podría incorporarse la hoy propuesta de la mandataria a las reglas de Procedimiento Criminal a través del comité permanente que evalúa y somete propuestas de enmiendas ocasionalmente a estas disposiciones.

Mientras, el licenciado Jesús Rivera Delgado, catedrático a cargo de cursos de derecho de la Universidad de Sagrado Corazón y presidente de la Junta de Directores de la Sociedad de Asistencia Legal (SAL), dijo que la medida podría ser inconstitucional.

El también abogado litigante de casos penales en tribunales de Puerto Rico y Estados Unidos afirmó que a nivel federal se decidió el caso US v. Booker, 543 US 220 (2005), que declaró inconstitucional el uso mandatorio de guías de sentencia, que precisamente se trataba de una ley que uniformaba fianzas porque en unas partes del país se imponían de una forma y en otras de otra. Pero, además, también hubo el caso US v. Salerno 481 US 739 (1987), en que se declaró constitucional una ley que pretendía restringir las fianzas en ciertos casos, como cuando se imputan crímenes violentos como el carjacking, el secuestro, la ponografia infantil, masacres en casos de drogas, y otros.

"El tú quitarles la discreción a los jueces puede plantear un problema de constitucionalidad. Ya los jueces le han quitado mucha discreción, luego que la gente votara a favor de mantener el derecho a la fianza", sostuvo.

Lo que existe a nivel federal es que no hay fianza si se considera un peligro para la comunidad o un riesgo de fuga. Rivera Delgado dijo que si el caso no cae en esas categorías, su experiencia es que los jueces federales imponen fianzas más liberales que a nivel estatal.

"Yo tuve una vez a un cliente que se enteró por el Facebook que la policía lo estaban buscando por fraude y me contrató para que lo entregara. Le metieron $10 millones de fianza. Luego logré rebajarla, pero un caso así, en la federal, te ponen una fianza de $5 mil a $10 mil, y ‘unsecure’, que vas, firmas y no das chavos", añadió.

También mencionó que este tipo de propuesta pudiera limitar las negociaciones en ciertos aspectos entre el ministerio público y la defensa.

Asimismo, Rivera Delgado afirmó que, si la medida contempla para imponer esas fianzas un sistema similar al de las guías federales, donde hay una pena base y dependiendo de los factores adicionales se agregan años a esa condena, esto podría implicar enmiendas masivas al Código Penal de Puerto Rico, que establece para cada delito la pena fija, aunque puede variar con agravantes y atenuantes.

Agregó que la legislación propuesta por la gobernadora enmienda la Regla 218, una que ya ha sido enmendada en numerosas ocasiones, dijo el abogado.

 

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