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Incluyen nuevas exenciones a la selección de jurados en juicios criminales

02 de julio de 2024
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Durante el cierre de la sesión legislativa, la Legislatura aprobó el Proyecto de la Cámara 1310 para enmendar la Ley para la Administración del Servicio del Jurado en Puerto Rico a los fines de eximir a los médicos, enfermeros y al personal docente activo del sistema público o privado de enseñanza de Puerto Rico de servir como jurado.

La Ley 281-2003, según enmendada, establece el Negociado para la Administración del Servicio de Jurado y dispone los procedimientos de selección de jurados para los casos criminales a celebrarse en nuestra jurisdicción.

Descarga la medida

Para que una persona elegible sirva como jurado en Puerto Rico, debe cumplir con varios requisitos, a saber: (1) tener 18 años de edad; (2) haber residido legalmente en Puerto Rico por  1 año y 90 días previo a la región judicial en la que habrá de celebrarse el juicio; (3) saber leer y escribir el español; (4) no haber sido condenado por delito grave o cualquier otro delito que implicase depravación moral; y (5) hallarse física y mentalmente apto para servir como jurado.

No obstante, pese a que toda persona que reúna los requisitos señalados anteriormente está obligada a servir potencialmente como jurado, la ley también dispone para la dispensa de personas y/o funcionarios selectos.

Entre estos, se encuentran los agentes del orden público, miembros de las Fuerzas Armadas, empleados y funcionarios del Poder Judicial, funcionarios electos, fiscales, y procuradores de menores y de la familia que se encuentren prestando servicio activo a las agencias o dependencias gubernamentales. Asimismo, también estarían exentos:

  • Todo abogado, o el oficial jurídico, secretario o taquígrafo de un abogado.
  • Todo ciudadano que preste servicio como jurado en la Corte del Distrito de los Estados Unidos para Puerto Rico durante el término para el cual fue seleccionado.
  • Toda mujer que lacta a su hijo (a) menor de edad y que, presente evidencia médica de ese hecho.

El Proyecto de la Cámara 1310, según aprobado, incluye entre las personas exentas de servir como jurado a las y los médicos y enfermeros, debidamente licenciados, así como a al personal docente activo que labora a tiempo completo y ofrezcan sus servicios en Puerto Rico. En el caso de los maestros, la medida cobijaría tanto a aquellos que laboran en el servicio público como en el privado.

El proyecto de ley fue aprobado en Senado con enmiendas.  La Cámara de Representantes concurrió con las enmiendas en una votación a viva voz.  Luego de la aprobación en una votación final, el  texto aprobado sería enviado a la consideración del Gobernador Pedro R. Pierluisi.

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