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El Tribunal Supremo de Puerto Rico declaró inconstitucional la colegiación obligatoria establecida en la Ley de la Junta Examinadora de Técnicos de Refrigeración y Aire Acondicionado.
La opinión del tribunal fue redactada por la jueza asociada del Tribunal Supremo, Mildred Pabón Charneco.
La determinación aclara que «lo que este Tribunal resuelve no implica que el Colegio de Técnicos debe desaparecer, sino todo lo contrario».
«Como ya ha ocurrido respecto a otras profesiones y oficios cuya colegiación [obligatoria] se declaró inconstitucional, el Colegio de Técnicos podrá subsistir de manera que su membresía sea voluntaria y atraiga con sus servicios a los técnicos que quieran beneficiarse de estos», añadió.
El juez asociado Edgardo Rivera García estuvo conforme y emitió declaraciones separadas.
«Ante un esquema regulatorio en el cual el colegio profesional se limita a auxiliar la junta examinadora, sin ostentar funciones distintas y separadas que igualmente contribuyan al adelantamiento del poderoso interés estatal, la colegiación [obligatoria] representa una imposición innecesaria», explicó el juez Rivera García, quien fue el voto decisivo para mantener la colegiación obligatoria en otras profesionales como los ingenieros y agrimensores.
El juez Ángel Colón Pérez disintió de la opinión del tribunal y emitió declaraciones adicionales.
«El requisito de colegiación [obligatoria], que se exige en nuestro país como condición para ejercer determinadas profesiones, es una medida de protección social. El mismo, a todas luces, puede cohabitar en nuestro ordenamiento jurídico con el derecho constitucional a la libre asociación. Uno no cancela al otro», sostuvo el juez Colón Pérez.
El juez Luis Estrella Martínez disintió sin opinión escrita. La jueza presidenta, Maite Oronoz Rodríguez, no intervino en el caso.
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