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Inicia etapa de reclamación contra Educación en pleito de Rosa Lydia Vélez

08 de agosto de 2016
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Se logra acuerdo en histórico pleito de clase sobre servicios de educación especial

De interés: Colegio de Abogados asistirá a padres en pleito de Rosa Lydia Vélez (25 de octubre de 2016)

El Comité Timón de Madres y Padres de Educación Especial, organizaciones afines y la representación legal de la parte demandante en el pleito de clase Rosa Lydia Vélez v. Departamento de Educación notificaron que el Tribunal de Primera Instancia de San Juan ha autorizado el edicto mediante el cual se iniciará la etapa de reclamación por concepto de daños y perjuicios contra el Departamento de Educación y el Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

Descarga y lee el edicto aquí (PDF)

El edicto es la culminación de lo ordenado por el Tribunal Supremo de Puerto Rico en su sentencia emitida el 7 de enero de 2016, mediante la cual el Alto Foro reconoció el derecho de madres, padres, tutores y encargados de estudiantes de educación especial de reclamar compensación dentro del caso Rosa Lydia Vélez por los daños sufridos debido a la negligencia admitida por el Departamento de Educación en la provisión de servicios educativos a los estudiantes registrados en el Programa de Educación Especial. El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico había reconocido el derecho a reclamar daños y perjuicios dentro del caso Rosa Lydia Vélez desde octubre de 2005, pero los distintos gobiernos habían obstaculizado el inicio del proceso de reclamaciones.

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Carmen Warren, Portavoz del Comité Timón, expresó que "con la autorización del edicto, madres, padres, tutores y encargados de estudiantes registrados en el programa de educación Especial, así como los estudiantes registrados desde 1981, quedan autorizados para presentar la reclamación al gobierno de Puerto Rico por los actos negligentes del Departamento de Educación en la provisión de servicios educativos y relacionados a la población más vulnerable del país: los estudiantes con diversidad funcional".

El edicto, autorizado el 29 de junio de 2016 por la Honorable María M. Cabrera Torres, jueza superior que preside el histórico caso, establece el aviso y procedimiento mediante el cual madres, padres, tutores y encargados de niñas, niños y jóvenes de educación especial pueden presentar su reclamación ante la Sala 805 del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan.

Es importante destacar que el Tribunal abrió un periodo de tiempo, que se extiende hasta el 31 de octubre de 2016, para cumplir con los requisitos iniciales establecidos por el Tribunal, a saber:

Primero: En o antes del 31 de octubre de 2016, la madre, padre, tutor o encargado del estudiante registrado en el Programa de Educación Especial tiene que escribir a la siguiente dirección postal:

Lcdo. Carlos Rivera Martínez
Comisionado designado en el pleito Rosa Lydia Vélez y otros v. Departamento de
Educación
PO BOX 1713 Caguas, PR 00726 -1713

También puede escribir a la siguiente dirección de correo electrónico:
comisionado.ed.especial@gmail.com

Segundo: Al escribir a cualquiera de las direcciones arriba indicadas, deberá notificar
la siguiente información, en este mismo orden:

  1. Nombre del niño, niña o joven de educación especial registrado desde el
    14 de noviembre de 1980 al presente (Se incluye a aquellos jóvenes que
    actualmente son mayores de edad, que estuvieron registrados en el
    programa de educación especial y que actualmente no reciben servicios);
  2. Fecha de nacimiento del niño, niña o joven de educación especial;
  3. Nombre de la madre, padre, tutor o encargado. Debe indicar si también
    desea reclamar danos;
  4. Dirección postal y teléfono, número de fax o e-mail (si tiene uno
    disponible);
  5. Un breve relato de la condición del menor, incluyendo diagnóstico y
    servicios directos o relacionados de educación especial que no le están o
    no le fueron brindados;
  6. Los daños que reclama a favor del niño, niña o joven de educación
    especial, así como los danos del padre, madre, tutor o encargado (deberá
    especificar los danos sufridos por cada reclamante);
  7. Identificar a su representante legal, opciones:
    A. Autorizar a los abogados de la clase en la fase interdictal a asumir su
    representación legal para la fase de daños y perjuicios;
    B. De interesar estar representado por un abogado o abogada distinto a
    los representantes legales de la clase en la fase interdictal, deberá
    identificar el mismo, incluyendo número de RUA, número de teléfono,
    dirección y número de fax o email.
    C. Debido a la complejidad del pleito, no se permitirá que los
    interesados comparezcan por derecho propio.

Tercero: No se aceptará solicitud de inclusión al pleito de daños que:

  1. La fecha de la estampilla (matasellos) del correo o del envío del correo
    electrónico sea posterior al 31 de octubre den 2016 y;
  2. No contenga la información solicitada.
    De incumplir o no presentar los requisitos en el término establecido, tendrá que
    instar un pleito independiente en daños y perjuicios.

Cuarto: Cada reclamante debe organizar un expediente del caso de su niño, niña o
joven de educación especial. Si no lo tiene, debe solicitar copia del expediente del
estudiante al Departamento de Educación en o antes del 31 de octubre de 2016.

Quinto: El Departamento de Educación deberá entregar copia del expediente dentro
del término de 45 días de haber sido solicitado.

Sexto: Deberá solicitar copia de los expedientes de aquellos profesionales que
evaluaron y han ofrecido servicios a sus niños, niñas o jóvenes.

Séptimo: De su hijo o hija ser mayor de 21 años y no estar capacitado para
representarse a sí mismo o misma en este procedimiento judicial, la madre, padre, o
encargado deberá realizar en el tribunal los trámites para obtener la declaración de
incapacidad y nombramiento de tutor o tutora legal.

Carmen Warren destacó que los abogados de la clase han preparado unas formularios,
plantillas o modelos a seguir para facilitar cumplir con los requisitos establecidos por el
tribunal, así como solicitar copia del expediente del estudiante al Departamento de
Educación. Los pueden obtener en la siguiente dirección electrónica:
www.pleitodeclase.org

Por último, Warren explicó que el Edicto se publicará en las siguientes fechas:

  • El 14 de agosto de 2016 en el periódico El Nuevo Día
  • El 1 de septiembre de 2016 en el periódico Primera Hora
  • El 18 de septiembre de 2016 en el periódico El Nuevo Día
  • El 30 de septiembre de 2016 en el periódico El Vocero
  • Desde el 15 de agosto de 2016, en los tablones de edictos de las
    escuelas públicas de Puerto Rico
  • Además, se publicarán resúmenes del edicto en espacios radiales.
  • También se harán otras publicaciones del edicto en diversos periódicos,
    medios sociales en Internet, en diversas páginas web como la página del
    www.pleitodeclase.org

"Convocamos a todos los estudiantes registrados en el Programa de Educación Especial del Departamento de Educación desde el 14 de noviembre de 1980 al presente, así como a sus madres, padres, tutores y encargados, que hayan sufrido daños y perjuicios por la falta de servicios educativos o relacionados, como consecuencia de la negligencia del Departamento de Educación, a que hagan valer sus derechos y procedan a reclamar su compensación a través del procedimiento establecido por la jueza Cabrera Torres. Es importante que compartan esta información con otras madres, padres, tutores y encargados de los niños, niñas y jóvenes de educación especial para que puedan ejercer su derecho a reclamar antes del 31 de octubre de 2016", concluyó Warren.

 

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