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NOTICIAS | derecho internacional , Derechos Humanos , Inmigración , Italia , NOTICIAS , Relaciones Internacionales , Tribunal Europeo de Derechos Humanos , Tunez
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos determinó unánimemente que Italia está en violación del Artículo 5 de la Convención de Derechos Humanos, por su trato a inmigrantes de Túnez durante el año 2011.
Tres inmigrantes, Saber Ben Mohamed Ben Ali Khlaifia, Fakhreddine Ben Brahim Ben Mustapha Tabal y Mohamed Ben Habib Ben Jaber Sfar, quienes viajaron desde Túnez a Italia en septiembre de 2011 durante la primavera árabe fueron interceptados en su bote y transferidos a la isla de Lampedusa. Luego de las protestas de aquella época, el centro donde se encontraban fue quemado y junto a otros 1,800 migrantes fueron parte de varias protestas. Durante esta protesta fueron arrestados, les abordaron en un barco en Palermo y les deportaron a Túnez a finales de septiembre.
El Tribunal determinó que esa decisión de Italia violentó el Artículo 5.1 de la Convención que versa sobre el derecho a la libertad y la seguridad; el Artículo 5.2 que se refiere al derecho de las personas a ser informados prontamente de los cargos por los cuales se les acusan; y el Artículo 5.4, sobre el derecho a recibir un juicio rápido y justo, acerca de la legalidad de su detención.
Según el Tribunal, los migrantes sufrieron una "expulsión colectiva", lo que está prohibido bajo el artículo 4 del Protocolo Número 4 de la Convención. Asimismo, el Tribunal determinó que Italia debe continuar respondiendo, sin excepción, a aquellas personas que naufragan en sus aguas y les debe garantizar protección internacional. Por otro lado, el Tribunal también explicó que deben establecer medidas para incrementar, de ser necesario, la capacidad de recepción del centro en Lampedusa y deben prepararse estructuras adecuadas para ubicar menores de edad y asegurar que no son detenidos junto a adultos.
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