» Ir al portal nuevo de Microjuris OK
Nota de la editora: ¿quieres estar al día con lo que sucede en los tribunales de Puerto Rico? Te invitamos a registrarte en nuestro boletín.
El juez federal Raúl Arias Marxuach validó las regulaciones mediante órdenes ejecutivas adoptadas por el gobierno para el manejo del COVID-19.
En una decisión reciente de 14 páginas, el juez adoptó el reporte y las recomendaciones emitidas, en enero pasado, en este caso por el magistrado Marcos E. López, que igualmente inclinó la balanza a favor de las medidas anticovid al declarar no ha lugar el pedido de los demandantes de imponer un interdicto preliminar al gobierno por las órdenes ejecutivas, como la que exige la vacuna de covid para expedir un certificado médico.
«Este tribunal encuentra las objeciones de los demandantes (al reporte del magistrado López) como infundadas», dijo el juez Arias Marxuach.
Los demandantes Tropical Chill Corp, Yazmín Vega González, Eliza Llenza y Rene Matos Ruiz alegaban violaciones constitucionales a sus derechos de intimidad, de libertad propietaria, de toma de decisiones médicas, y a su integridad corporal. También alegaron violaciones a la ley federal de libertad religiosa, y violaciones a la Constitución de Puerto Rico por asuntos como la legalidad de penalidades criminales bajo órdenes ejecutivas y la separación de poderes. Los demandados son el gobernador Pedro Pierluisi Urrutia y el secretario del Departamento de Salud, Carlos Mellado López.
Los demandantes alegaron que el magistrado López no tomó en consideración la evidencia que ellos presentaron en contra de la vacunación anticovid, pero el juez explicó que el magistrado la evaluó, la comparó con la del gobierno y entendió que la evidencia del gobierno «era la más completa, precisa y creíble».
También el juez dijo que los demandantes no podían pretender en esta etapa del proceso traer argumentos relacionados al alza de casos asociada a la variante Omicron porque este asunto no se presentó ante el magistrado. De hecho, el primer caso reportado de Omicron en la isla fue el 13 de diciembre, cuando prácticamente concluían los 6 días de vistas sobre este interdicto celebradas por el magistrado López.
Arias entiende que el reporte y las recomendaciones del magistrado "es detallado y bien pensado". Entre otras conclusiones de López, el magistrado resolvió que los demandantes tenían pocas posibilidades de prevalecer en sus alegaciones de violación a su derecho procesal sustantivo.
El también juez presidente del Tribunal de Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico recordó en su orden que el magistrado encontró que algunos de los demandantes carecían de legitimación activa. Este es el caso, por ejemplo, de Vega González, quien alegó que las órdenes ejecutivas tendrían el efecto de bajar la tasa de ocupación de su Airbnb. Sin embargo, no demostró «una conexión causal entre el mandato y su daño». Un caso similar fue el de Matos Ruiz, quien alegó que le preocupaba que no le expidiera un certificado del departamento de Salud en agosto de 2022. «No es claro que enfrente este asunto en agosto de 2022, su reclamo no está maduro».
Algunas órdenes ejecutivas relacionadas al COVID-19 recientemente han quedado sin efecto. El Departamento de Salud no pudo precisar al momento de redactar esta nota cuáles órdenes ejecutivas quedan vigentes. No obstante, la orden del juez relata que los abogados del gobierno en el presente caso argumentan precisamente que algunas de las disposiciones ya no están vigentes como la que requería estatus de vacunación a clientes de algunos negocios o limitaba la cantidad de gente en ciertos establecimientos.
«La orden ejecutiva 19 (la vigente) no termina el estado de emergencia por COVID-19 en Puerto Rico», recordó el magistrado.