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Descarga la orden: Arroyo González v. Ricardo Roselló Nevares, CIVIL 17-1457CCC
La juez federal Carmen Consuelo Cerezo determinó que la política institucional del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, que impedía que las personas transgénero o transexuales pudiesen corregir sus certificados de nacimiento, es inconstitucional. A partir de esta decisión, las personas transgénero podrán corregir sus certificados de nacimiento.
Cerezo decidió en favor de los demandantes Daniela Arroyo González, Victoria Rodríguez Roldán y la organización Puerto Rico Para Tod@s en su pleito legal contra el gobernador Ricardo Rosselló Nevares; el secretario del Departamento de Salud, Rafael Rodríguez-Mercado; y Wanda Llovet Díaz, directora del Registro Demográfico de Puerto Rico.
El caso surgió luego de que Lambda Legal presentara (el pasado abril de 2017), una demanda en el Tribunal federal para el Distrito de Puerto Rico en nombre de dos mujeres transgénero –Daniela Arroyo González y Victoria Rodríguez Roldán– un hombre transgénero, J.G., identificado solo por sus iniciales, y la organización Puerto Rico para Tod@s. La parte demandante alega que negar a los puertorriqueños transgénero la habilidad de obtener certificados de nacimiento correctos es una violación a las cláusulas de Igual Protección y Debido Proceso de la Constitución de los Estados Unidos porque les obliga, por medio de sus certificados de nacimiento, a identificarse con el género erróneo. Se alegó que la prohibición también violaba sus derechos de libertad de expresión, al amparo de la Primera Enmienda. Al momento, el gobierno de Puerto Rico respondió a la demanda con una moción de desestimación el 12 de junio, a la cual también Lambda Legal se opuso.
«Los certificados de nacimiento sirven como comprobante de identidad, y muy seguido también son un requisito para conseguir empleo, y para determinar elegibilidad para beneficios importantes. La mayoría de los estados en Estados Unidos reconocen esto, 46 de los 50 estados permiten a las personas transgénero corregir la designación de sexo en sus actas de nacimiento. De hecho, esta práctica es inconsecuente con la práctica en Puerto Rico de permitir a las personas transgénero corregir la designación de sexo en la licencia de conducir», señaló en aquel entonces uno de los abogados, Omar González-Pagán.
Al otorgar la moción de sentencia sumaria de Lambda Legal, el Tribunal determinó que la política actual de certificados de nacimiento es inconstitucional, en parte, porque «la divulgación forzosa del estatus transgénero de los demandantes viola su derecho fundamental a la privacidad informativa».
Durante las próximas semanas, el Tribunal emitirá una Opinión y una Orden por separado en las que expondrá sus conclusiones fácticas y sus conclusiones legales, así como el método o remedio adecuado para corregir el marcador de género en los certificados de nacimiento de los demandantes para reflejar con precisión su identidad de género, sin revelar que son transgénero.