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Un juez federal otorgó a una mujer víctima de discrimen por razón de embarazo cerca de 75,000 dólares por daños y lucro cesante, que la United Bible Fellowship Ministries Inc. deberá pagar. Esta fue la determinación que resultó de la demanda que presentó la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC por sus siglas en inglés) en contra de la organización sin fines de lucro que provee cuidados y hospicio a personas con discapacidades físicas.
La demanda determinó que United Bible Fellowship Ministries Inc. violó la ley federal al establecer una política ilegal de "no embarazos en el empleo", que impedía que las empleadas se embarazaran. Mediante esta política también se le negaba empleo a cualquier solicitante para un puesto de «técnico de recursos». Precisamente a base de esta política es que se despidió a Sharmira Johnson, una técnico de recursos que proveía cuidado a los residentes.
La organización admitió durante el litigio que Johnson había realizado su trabajo de forma adecuada y que no padecía de ninguna enfermedad o condición que le impidiera llevar a cabo las funciones del trabajo. Además, se admitió que la única razón para su despido fue el hecho de que quedara embarazada. Según la representación legal de la organización, dicho despido es legal pues tuvo como propósito el proteger a la madre como al niño de cualquier condición peligrosa en el lugar de trabajo. Esta conducta, viola el Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964.
"Este fallo del tribunal deja claro una vez más que el gobierno federal no va a tolerar políticas laborales que establecen explícitamente barreras de empleo a cualquier persona sobre la base de un factor protegido, tales como el sexo o el embarazo», dijo el Fiscal Regional de la EEOC, Jim Sacher. Todos los empleadores, incluso sin fines de lucro, están obligados por ley federal a garantizar la igualdad de acceso oportunidades de trabajo para todos, sin distinción de sexo, raza, religión, origen nacional, edad o discapacidad".
Lea el comunicado en detalle, publicado por la EEOC en el siguiente enlace.